Por el cual se dispone que el Departamento número 2, Telégrafos, Teléfonos e Inalámbricos, del Ministerio de Correos y Telégrafos, quede temporalmente a cargo del segundo Telegrafista de la Oficina Central de Telégrafos de Bogotá
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
decreta:
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 24 de febrero de 1927.
MIGUEL ABADIA MENDEZ-Por el Ministro de Correos y Telégrafos, el Secretario, encargado del Despacho, Rafael Gutiérrez Montoya.
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