Por el cual se reglamenta la Ley 25 de 1929
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones constitucionales,
DECRETA:
Artículo 1º. La Corte Plena en lo Civil se compone de nueve Magistrados, a saber: los seis que forman la Sala de Casación Civil y los tres que integran la de Negocios Generales.
Artículo 2º. Los negocios de que trata el numeral 8° del artículo 40 del Código Judicial, que estén pendientes o que en lo sucesivo se promuevan, se repartirán entre todos los Magistrados de la Corte Plena en lo Civil, y el Magistrado a quien se reparta el negocio será el sustanciador en él y tendrá las atribuciones que como a tal corresponden según la ley.
Artículo 3º. Los negocios a que se refiere el artículo 2º de la Ley 25 de 1929, cuyo conocimiento por mandato constitucional corresponde a la Corte Plena, se repartirán en ella entre todos los Magistrados que la componen, tanto los que estaban en curso cuando entró a regir la expresada Ley como los presentados o que se presenten después. El sustanciador dictará los autos de sustanciación y las sentencias interlocutorias y presentará proyecto de sentencia definitiva.
Comuníquese y publíquese.
Dada en Bogotá a 26 de febrero de 1930.
MIGUEL ABADIA MENDEZ
El Ministro de Gobierno,
Gabriel RODRIGUEZ DIAGO
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.
Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de SUIN-Juriscol, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público.
SUIN-Juriscol
Textos normativos oficiales del Estado colombiano, reproducibles conforme al art. 41 de la Ley 23 de 1982, con la obligación de conformarse con la edición oficial. Los campos editoriales que acompañan a cada norma (vigencia, subtipo, sector, materia) y el historial de reformas provienen de la anotación de SUIN-Juriscol (Ministerio de Justicia y del Derecho); Legalize no reclama derechos sobre ellos, ni reproduce el formato, el diseño ni la marca del portal. La licencia MIT cubre el código del pipeline, nunca el contenido normativo.