Por el cual se hace un traslado en el Presupuesto vigente
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales, y
CONSIDERANDO
que el Consejo de Ministros, en su sesión del día 14 de febrero en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar un traslado dentro de su presupuesto, según consta en la nota número 5892, procedente de la Secretaria de dicha entidad,
DECRETA:
Artículo l° Hácese el siguiente traslado en el Presupuesto vigente
MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Capítulo 31 Deuda externa:
Del artículo 304. Para pagar parte del servicio de amortización e intereses del préstamo contratado con The Fredcrick Snare Corporation, para las obbras portuarias de Cartagena, según Contrato del 20 de abril de 1932 (Diario Oficial número 21974) $ 13.920.87
Al artículo 304 bis. Para pagar a la Compañía Administradora del Terminal Marítimo y Fluvial de Cartagena el déficit de explotación del puerto durante el segundo semestre de 1940, reconocido por la Resolución número 25 de 1941 (enero 31), del Ministerio de Obras Públicas, y en armonía con los convenios que aparecen publicados en el Diario Oficial número 21974, de 28 de abril de 1932, celebrados entre el Gobierno Nacional y las Casas Frederick Snare Corporation y Andian National
Corporation. $ 13.920.87
Artículo 2° El presente Decreto rige desde su fecha.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 18 de febrero de 1941.
EDUARDO SANTOS
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Carlos LLERAS RESTREPO
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