Por el cual se crea un Juzgado Nacional de Policía
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y en especial de las conferidas en los artículos 50 y 79 del Decreto Extraordinario número 0014 de 1955,
DECRETA:
Artículo primero. Créase el Juzgado Nacional de Policía número 23 con sede en Puerto Berrio (Antioquia).
Artículo segundo. El Juzgado Nacional de Policía creado por este Decreto tendrá el siguiente personal y asignaciones:
| Juez | 715.00 |
|---|---|
| Secretario | 400.00 |
Artículo tercero. Los gastos que ocasione el presente Decreto, se atenderán con cargo al Capítulo 82, artículo 852 del Presupuesto vigente.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 16 de diciembre de 1959.
ALBERTO LLERAS.
El Ministro de Justicia,
German Zea.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Hernando Agudelo Villa.
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