por el cual se deroga el Decreto 1895 de 1973

Rango Decreto
Publicación 2009-08-31
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE MINAS Y ENERGIA
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto 1895 de 1973, se dictaron las normas que regulan las actividades de exploración y explotación de petróleo y gas.

Que de conformidad con lo previsto en el numeral 4 del artículo 3° del Decreto 070 de 2001, en concordancia con el numeral 4 del artículo 5°, ibídem, corresponde al Ministerio de Minas y Energía dictar los reglamentos y hacer cumplir las disposiciones constitucionales, legales y reglamentarias, relacionadas con la exploración, explotación, transporte, refinación, distribución, procesamiento, beneficio, comercialización y exportación de recursos naturales no renovables.

Que con el fin de impulsar la calidad en los procesos de productividad y de competitividad de los bienes y servicios de los mercados, se hace necesario expedir una nueva reglamentación, a través del Ministerio de Minas y Energía, para las actividades de exploración y explotación de hidrocarburos, acorde con la normatividad vigente y teniendo en cuenta la innovación tecnológica y buenas prácticas aplicables a esta industria.

DECRETA:

Artículo 1°. Derógase el Decreto 1895 de 1973.
Artículo 2°. El Ministerio de Minas y Energía, de acuerdo con sus competencias expedirá la reglamentación que se aplicará a las actividades de exploración y explotación de hidrocarburos.
Artículo 3°. El presente decreto rige a partir de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 31 de agosto de 2009.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

El Ministro de Minas y Energía,

Hernán Martínez Torres.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.