Por el cual se dividen las Secciones de las líneas B y D del Telégrafo, y se hacen varias promociones y nombramientos en el Ramo de Telégrafos en propiedad
El Presidente de la República
DECRETA :
Art. 1.° Divídense las Secciones de las líneas B y D del Telégrafo, así :
Línea B.
1.ª Sección, de Bogotá á Ambalema.
2.ª Sección, de Ambalema al Espinal pasando por Ibagué.
3.ª Sección, de Ibagué á Salento.
Línea D.
1.ª Sección, de Bogotá á Honda y de Facatativá á Anolaima.
2.ª Sección, de Ambalema á Santa Ana.
3.ª Sección, de Santa Ana á Manizales.
Art. 2.° Nómbrase Inspectores contratistas de las Secciones de que trata el artículo anterior á los Sres. Helí de J. Quiñones, Uldarico Encinales, Enrique Ferro, Roberto Santamaría, Alberto Valdés y Salomón Correal D., respectivamente.
Art. 3.° Por renuncia aceptada al Sr. Gabriel Salom, Inspector de la 1.ª Sección de la línea A del Telégrafo, nómbrase en su reemplazo al Sr. Angel C. Delgado
Art. 4.° Promuévese á los Sres. Cerbeleón Puentes, José V. Alturo y Abraham Sarmiento, á los puestos de Telegrafistas de Purificación, 2.° Telegrafista de Ibagué y 2.° Telegrafista de Ambalema, respectivamente.
Art. 5.° Nómbrase Ayudantes de las oficinas telegráficas del Espinal, de Ibagué, de Ambalema, de La Mesa, del Carmen (Departamento de Santander), y de Corozal, á los Sres. Fermín L. Murillo, Inocencio Rodríguez, Gabriel Echeverría, Jesús María Palomino, Ezequiel Figueroa y Juan Nepomuceno Angel, respectivamente.
El Ayudante de la Oficina telegráfica de Corozal, disfrutará de la asignación anual de $ 480.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, á 9 de Abril de 1888.
RAFAEL NUNEZ.
El Ministro de Fomento,
Rafael Reyes.
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