Por el cual se distribuyen varias partidas
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales,
DECRETA:
Artículo único. Las siguientes partidas del Presupuesto de la actual vigencia, correspondientes a los capítulos y artículos que a continuación se expresan, se distribuyen así:
CAPITULO 43-ARTICULO 159
Facultad de Ciencias de la Educación de la Universidad Nacional.
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