Por el cual se aprueba un acuerdo de la Caja de Retiro de las Fuerzas Militares

Rango Decreto
Publicación 1992-02-21
Estado Derogada
Departamento MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades legales que le confiere el artículo 74 del Decreto-ley 1042 de 1978,

DECRETA:

Artículo 1° Apruébase el Acuerdo número 52, por el cual se determina laPlanta de Personal de la Caja de Retiro de las Fuerzas Militares y se fija el número de trabajadores oficiales, y cuyo texto es el siguiente:

«ACUERDO NUMERO 52 DE 1991

(diciembre 23)

"por el cual se determina la Planta de Personal de la Caja de Retiro de las Fuerzas Militares y se fija el número de trabajadores oficiales".

La Junta Directiva de la Caja de Retiro de las Fuerzas Militares, en uso de sus facultades legales y estatutarias,

ACUERDA:

Artículo 1º Las funciones propias de las distintas dependencias de la Caja de Retiro de las Fuerzas Militares serán cumplidas por la Planta de Personal Global que se establece a continuación:

NO. DE CARGOS DEPENDENCIA Y DENOMINACIÓN DEL EMPLEO CÓDIGO GRADO
DIRECCIÓN GENERAL. DIRECCIÓN GENERAL. DIRECCIÓN GENERAL. DIRECCIÓN GENERAL.
1 Director General de Establecimiento Público 0015 17
4 Subdirector 0040 06
8 Jefe de Oficina 2045 14
7 Jefe de Sección 2075 10
9 Jefe de Sección 2075 08
3 Jefe de Sección 2075 06
1 Profesional Especializado 3010 14
1 Profesional Especializado 3010 12
3 Profesional Especializado 3010 10
1 Profesional Especializado 3010 08
8 Médico u Odontólogo (Medio Tiempo) 3085 14
7 Profesional Universitario 3020 08
1 Profesional Universitario 3020 07
2 Profesional Universitario 3020 06
2 Profesional Universitario 3020 05
10 Profesional Universitario 3020 04
1 Profesional Universitario 3020 03
2 Asistente Administrativo 4140 12
1 Archivista 4135 12
1 Técnico Administrativo 4065 11
2 Programador de Sistemas 4060 11
1 Técnico en Presupuesto 4035 10
9 Técnico Administrativo 4065 09
6 Técnico Administrativo 4065 07
1 Operador de Equipo de Sistemas 4100 06
1 Dibujante 4095 06
5 Auxiliar de Técnico 4110 06
1 Auxiliar de Técnico 4110 05
1 Secretario Bilingüe 5235 21
1 Secretario Ejecutivo 5040 17
1 Jefe de Almacén 5060 17
1 Almacenista 5080 13
2 Cajero 5095 12
8 Auxiliar Administrativo 5120 11
4 Secretario Ejecutivo 5040 11
3 Pagador 5045 11
10 Supervisor 5105 10
3 Auxiliar Administrativo 5120 10
1 Secretario 5140 10
7 Auxiliar Administrativo 5120 09
23 Secretario 5140 08
6 Cajero 5095 08
3 Auxiliar Administrativo 5120 07
18 Ayudante de Oficina 5155 07
3 Supervisor 5105 07
4 Secretario 5140 06
3 Ayudante de Oficina 5155 06
3 Ayudante de Oficina 5155 05
1 Conductor Mecánico 6010 09
1 Conductor Mecánico 6010 08
3 Conductor Mecánico 6010 07
2 Transcriptor de Datos 6005 07
1 Conductor Mecánico 6010 06
7 Auxiliar Servicios Generales 6035 05
2 Transcriptor de Datos 6005 05
6 Auxiliar Servicios Generales 6035 03

Artículo 2º Fíjanse en 151 el número de trabajadores oficiales al servicio de la Caja de Retiro de las Fuerzas Militares que desarrollarán las funciones de:

Artículo 3º. El Director General de la Caja de Retiro de las Fuerzas Militares, mediante resolución distribuirá los cargos de la Planta y ubicará el personal conforme a las necesidades del servicio, planes y programas de la Caja.

Artículo 4º Los empleados públicos que fueren incorporados a la Planta de Personal que por esta norma se fija, se sujetarán a lo dispuesto en el artículo 81 del Decreto extraordinario 1042 de 1978.

Artículo 5º Este Acuerdo rige a partir de su aprobación, deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial el Acuerdo número 028 del 26 de agosto de 1987 y requiere para su validez la aprobación del Gobierno Nacional.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a los 23 días del mes de diciembre de 1991.

El Ministro de Defensa Nacional y Presidente de la Honorable Junta Directiva, (Fdo.),

Rafael Pardo Rueda.

El Secretario de la Honorable Junta Directiva, (Fdo.),

Marco A. Benavides Delgado».

Artículo 2º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el Decreto número 2532 de 1987.

Publíquesey cúmplase.

Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 21 de febrero de 1992.

CESAR GAVIRIA TRUJILLO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Rudolf Hommes Rodríguez.

El Ministro de Defensa Nacional,

Rafael Pardo Rueda.

El Director del Departamento Administrativo del Servicio Civil,

Carlos Humberto Isaza Rodríguez.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.