Por el cual se suspende la vigencia del artículo 3° del Decreto número 0010 del 5 de febrero de 1958, y se dictan otras disposiciones

Rango Decreto
Publicación 1958-04-25
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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1958, y se dictan otras disposiciones.

La Junta Militar de Gobierno,

en uso de las facultades que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto número 0010 del 5 de febrero de 1958, se fijaron sueldos mínimos para el personal docente primario y secundario oficial, y se dispuso que los Inspectores y Rectores de planteles de Educación Secundaria deberían pertenecer a la primera categoría del Escalafón Nacional de la misma rama, y reunir los requisitos exigidos por el ordinal a) del artículo 4° del Decreto número 030 de 1948, y

Que se hace imposible dar cabal cumplimiento a tal disposición en virtud de carecer de personal que reúna los requisitos enumerados en el ordinal a) del artículo citado, sobre todo para los planteles de Educación Técnica, Comercial e Industrial, Femenina y Campesina,

DECRETA:

Artículo primero. Suspéndese la vigencia del artículo 3° del Decreto número 0010 del 5 de febrero de 1958, hasta tanto no se lleve a cabo la reforma del Escalafón Nacional de Enseñanza Secundaria.

Parágrafo. Los sueldos asignados a los Inspectores y Rectores en el artículo 3° del Decreto número 0010 de 1958, no sufren modificación, y se causarán con retroactividad al primero (1°) de enero de 1958, quedando autorizado el Ministerio de Educación para reglamentar las categorías de los establecimientos a que allí se hace referencia.

Artículo segundo. Los Inspectores de Enseñanza Primaria, devengarán a partir del primero (1°) de enero de 1958, una asignación mensual de $ 800.00, y deberán pertenecer a la primera categoría del Escalafón.
Artículo tercero. El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición, y suspende todas las disposiciones legales que le sean contrarias.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E., a 19 de febrero de 1958.

Mayor General GABRIEL PARIS G.,

Presidente de la Junta.

Mayor General Deogracias Fonseca.-Vicealmirante Rubén PiedrahitaA.- Brigadier General Rafael Navas Pardo.-Brigadier General Luis E. Ordóñez.

El Ministro de Gobierno, Mayor General Píoquinto Rengifo.-El Ministro de Relaciones Exteriores, Carlos Sanz de Santamaría.-El Ministro de Justicia, José María Villarreal.-El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Jesús María Marulanda.-El Ministro de Guerra, Brigadier General Alfonso Sáiz Montoya.-El Ministro de Agricultura, Jorge Mejía Salazar.-El Ministro del Trabajo, Raimundo Emiliani Román.-El Ministro de Salud Pública, Juan Pablo Llinás. -El Ministro de Fomento, Harold H. Eder.-El Ministro de Minas y Petróleos, Julio César Turbay Ayala.-El Ministro de Educación Nacional, Alonso Carvajal Peralta. El Ministro de Comunicaciones, Mayor General Pedro A. Muñoz.-El Ministro de Obras Públicas, Roberto Salazar Gómez.

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