En ejecución de la Ley 169 de 1887

Rango Decreto
Publicación 1890-05-24
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República,

Vista la ley 109 de 1887,

DECRETA:

Art. 1.° Créase una plaza de Cabo montado del Resguardo de las Salinas de Boyacá, con la asignación de cuarenta pesos mensuales ($ 40), y nómbrase para desempeñar la al Sr. Antonio Sandoval.
Art. 2° Este empleado residirá en Chita y estará siempre bajo las inmediatas órdenes del Administrador de la Salina.

Dado en Bogotá, á 20 de Mayo de 1890.

CARLOS HOLGUÍN.

El Ministro de Hacienda,

Felipe F. Paúl.

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