Por el cual se hace un nombramiento, se aclara un decreto y se crean unas plazas

Rango Decreto
Publicación 1939-02-17
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE CORREOS Y TELEGRAFOS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

ARTICULO 1° Nómbrase al señor Mateo Franco Izquierdo, Jefe de la Sección Despacho de Correos de Bogotá, en reemplazo del señor Alfredo Gilede.
ARTICULO 2° Aclárase el Decreto número 235 del corriente año en el sentido de que los nombramientos de los señores Roberto López y Héctor Paúl no son para los cargos de Operdores Mecanógrafos de la Oficina Telegráfica de Tunja, sino encargados de automáticos de la misma Oficina.
ARTICULO 3° Créanse las siguientes plazas:

Para la Agencia Postal de Barranquilla:

Un chofer a $ 60,00 mensuales y dos acarreadores, a $ 45,00 mensuales cada uno, a partir del 19 de los corrientes.

Un chofer a $ 60.00 mensuales y dos acarreadores a $ 45,00 mensuales cada uno, a partir de la fecha del presente Decreto.

Para la Administración Principal de Correos de Ibagué:

Un acarreador con $ 40,00 mensuales, a partir del 1° de los corrientes.

Para la conducción de los correos en la línea de Ibagué a Buenosaires:

Un Mensajero con $ 60,00 mensuales, a partir del 1° de los corrientes.

Para la conducción de los correos en la línea de Santa Marta a Fundación:

Un Mensajero con $ 60.00 mensuales, a partir del 1° de los corrientes.

ARTICULO 4° Las personas que en la actualidad se encuentran prestando servicios en los cargos creados por el artículo 3° del presente Decreto, no necesitan de nuevo nombramiento ni posesión.

PARAGRAFO. El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, se imputará al capítulo 66, artículo 497 del preuspuesto vigente.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 13 de febrero de 1939.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Correos y Telégrafos,

Alfredo CADENA D'COSTA

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