Por el cual se reclasifican unos cargos en el Ministerio de Obras Públicas y se dictan otras disposiciones
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y en desarrollo de los Decretos números 0550 y 1650 de 1960 y 3299 del 13 de diciembre de 1962, oído el concepto favorable de la Comisión Nacional del Servicio Civil,
DECRETA:
Artículo primero. A partir de la vigencia del presente Decreto, reclasifícanse los siguientes cargos en el Ministerio de Obras Públicas
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