Por el cual se suprimen unos cargos y se crean otros en la Administración de Hacienda de Cundinamarca
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de las facultades que le confiere el artículo 3° de la Ley 33 de 1947, y
CONSIDERANDO
que el cumplimiento de los Decretos vigentes sobre formación del censo de contribuyentes al Impuesto sobre la Renta y complementarios, y la utilización de las informaciones relacionadas con dicho censo, han aumentado en forma extraordinaria el trabajo de algunas Secciones de la Administración de Hacienda Nacional de Cundinamarca e implica mayor competencia por parte de algunos funcionarios,
DECRETA:
Artículo 1° A partir del 1° de noviembre del año en curso, suprímense en la Sección Quinta, Contabilidad, de la Administración de Hacienda Nacional de Cundinamarca, los siguientes cargos:
Dos (2) Oficiales Terceros de $ 160 cada uno.
Seis (6) Oficiales cuartos de $ 140 cada uno.
Artículo 2° A partir de la misma fecha indicada en el artículo anterior, créanse en la Sección Quinta, Contabilidad, de la Administración de Hacienda Nacional de Cundinamarca, los siguientes cargos:
Seis (6) Oficiales Primeros de $ 200 mensuales cada uno.
Cinco (5) Oficiales Segundos de $ 180 mensuales cada uno.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá a 22 de octubre de 1949.
MARIANO OSPINA PEREZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Hernán JARAMILLO OCAMPO.
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