Por el cual se concede una autorización al Ministerio de Hacienda y Crédito Público
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
DECRETA:
Artículo único. Autorízase al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, para pagar a los empleados y obreros de la Imprenta Nacional el sobresueldo y las horas extras liquidadas, de acuerdo con los reglamentos de la misma Imprenta, durante el tiempo que fuere necesario para la elaboración y entrega oportuna de los formularios destinados a la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios, así como también los formularios y cuadros destinados, para el recaudo de los impuestos nacionales.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá a 31 de octubre de 1950.
LAUREANO GOMEZ
El Ministro de Gobierno, Domingo SARASTY-El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Rafael DELGADO BARRENECHE El Ministro del Trabajo, Alfredo ARAUJO GRAU.
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