Por el cual se abre un crédito adicional -suplemental- al Presupuesto de Gastos vigente (Ministerio de Gobierno)
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales, y especialmente de las que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional, y
CONSIDERANDO
que por Decreto número 3518 de 9 de noviembre de 1949, se declaró turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio de la República
DECRETA:
Artículo primero. Adiciónanse los cómputos líquidos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal en curso, con la cantidad de un millón doscientos mil pesos ($ 1.200.000.00) moneda corriente, que se incorpora con imputación al siguiente numeral:
| Recursos del Balance del Tesoro. | Recursos del Balance del Tesoro. | Recursos del Balance del Tesoro. |
|---|---|---|
| Numeral 130-B. Mayor producto de las rentas sobre el promedio de los cálculos presupuéstales (Decretos legislativos 00164 y 2900 de 1950) | $ | 1.200.000.00 |
Artículo segundo. Con base en el nuevo recurso fiscal de que trata el artículo anterior, ábrese el siguiente crédito adicional -suplemental- al Presupuesto de Gastos para la presente vigencia fiscal:
| MINISTERIO DE GOBIERNO | MINISTERIO DE GOBIERNO | MINISTERIO DE GOBIERNO |
|---|---|---|
| CAPITULO 9° | CAPITULO 9° | CAPITULO 9° |
| Imprenta Nacional y Almacén de Publicaciones Oficiales. | Imprenta Nacional y Almacén de Publicaciones Oficiales. | Imprenta Nacional y Almacén de Publicaciones Oficiales. |
| C1a(a). Al artículo 120. Para dotar a la imprenta Nacional y sus dependencias de maquinaria y accesorios que la capaciten para ejecutar los trabajos del ramo que necesite la Administración Pública, en el año | $ | 1.200.000.00 |
Artículo tercero. Quedan suspendidas todas las disposiciones que sean contrarias a las del presente Decreto, el cual rige desde su fecha.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá a 17 de noviembre de 1954.
Teniente General GUSTAVO ROJAS PINILLA
El Ministro de Gobierno,
Lucio Pabón Núñez.
El Ministro de Relaciones Exteriores,
Evaristo Sourdis.
El Ministro de Justicia,
Luis Caro Escallón.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Carlos Villaveces.
El Ministro de Guerra,
Brigadier General Gabriel París.
El Ministro de Agricultura y Ganadería,
Juan Guillermo Restrepo J.
El Ministro del Trabajo, encargado del Despacho de Salud Pública,
Cástor Jaramillo Arrubla.
El Ministro de Fomento,
Manuel Archila Monroy.
El Ministro de Minas y Petróleos,
Pedro Manuel Arenas.
El Ministro de Educación Nacional,
Aurelio Caicedo Ayerbe.
El Ministro de Comunicaciones,
Brigadier General Gustavo Berrío M.
El Ministro de Obras Públicas,
Capitán de Navío Rubén Piedrahita.
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