Por el cual se crean un empleo y una oficina y se reorganizan otras en el Ramo postal y telegráfico

Rango Decreto
Publicación 1906-03-23
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

En uso de sus facultades legales,

decreta :

Artículo 1.° Créase la plaza de Ayudante en la Oficina postal y telegráfica de Palomino, Departamento de Magdalena, con la asignación mensual en oro de $ 50 y con la rebaja que le corresponde según Decreto ejecutivo número 1088 de 1905.
Artículo 2.° Créase la Oficina postal y telegráfica de Victoria, Departamento del Tolima, servida por un Telegrafista Administrador de Correos y un Cartero, con las asignaciones mensuales en oro de $ 23 y $ 6, respectivamente.
Artículo 3.° Reorganízanse las oficinas postales y telegráficas que en siguida se expresan, cada una con el siguiente personal y asignaciones mensuales en oro:
Cereté.
Un Telegrafista Administrador de Correos $ 40
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Un Ayudante 35
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Un Cartero 8
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Ciénaga de oro.
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Un Telegrafista Administrador de Correos 30
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Un Cartero 6
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Chinú
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Un Telegrafista Administrador de Correos 30
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Un Cartero 6
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Montería.
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Un Telegrafista Administrador de Correos 32
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Un Cartero 6
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Sahagún.
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Un Telegrafista Administrador 40
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Un Ayudante 35
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Un Cartero 8
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Sampués.
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Un Telegrafista Administrador 30
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Un Cartero 6
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Sincé
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Un Telegrafista Administrador 40
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Un Ayudante 35
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Un Cartero 6
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Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, á 15 de Marzo de 1906.

R. REYES

El Ministro de Gobierno,

gerardo PULECIO

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