Por el cual se aumenta la dotación del Resguardo Nacional de Aduanas

Rango Decreto
Publicación 1960-02-01
Estado Derogada
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales v en especial de lasque le confiere el artículo 18 de la Ley 39 de 1938, y previo, concepto del Consejo de Ministros,

DECRETA:

Articulo 1° Auméntase la dotación del Resguardo Nacional de Aduanas dependiente de la Dirección General de Aduanas y los cargos y asignaciones serán los siguientes:

Oficiales:

1 Teniente Primero de Aduanas $ 600.00
6 Tenientes Segundos de Aduana, cada uno 500.00

Clases:

2 Sargentos de Aduana, cada uno 450.00
7 Cabos Primeros de Aduana, cada uno 400.00
9 Cabos Segundos de Aduna, cada uno 350.00

Guardas:

50 Guardas de Aduana, cada uno 300.00

Personal Auxiliar:

2 Mecanógrafos, cada uno 400.00
1 Chofer 350.00
1 Telefonista 350.00
Articulo 2° El presente Decreto entrará a regir del primero de enero de 1960, y modifica el Decreto número 2635, de diciembre 18 de 1959.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá a 23 de diciembre de 1953.

ALBERTO LLERAS.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Hernando Agudelo Villa.

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