Por el cual se aprueba un Acuerdo del Comité Nacional de Cafeteros

Rango Decreto
Publicación 1980-12-30
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE COMUNICACIONES
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

decreta:

Articulo 1° Apruébase el Acuerdo número 17 de noviembre 20 de 1980, del Comité Nacional de Cafeteros, cuyo texto; dice lo siguiente:

"ACUERDO NUMERO 17 DE 1980

(noviembre 20)

El Comité Nacional de Cafeteros, en uso de sus atribuciones, y

considerando:

Acuerda:

Artículo primero. Autorizar a la Federación Nacional de Cafeteros, para que, previos los traslados indicados en la parte motiva del presente Acuerdo, suscriba y pague, con recursos tomados del Fondo Nacional del Café y para éste, acciones de Sociedades Forestales así:
Corporación Forestal de Caldas S. A. 4.725.000
Compañía Forestal del Cauca S. A. 4.700.000
Corporación Forestal de Cundinamarca S.A. 2.441.000
Corporación Forestal del Huila S. A. 874.000
Corporación Forestal de Nariño S. A. 1.000.000
Compañía Forestal del Risaralda S.A. 970.000
Corporación Forestal del Tolima S.A. 4.000.000:
Corporación Forestal de Santader S.A. 3.000.000
Bosques del Quindío S. A. 3.000.000
Corporación Forestal del Meta S.A. 630.000
Sociedad Forestal Cafetera del Valle del Cauca S. A. 3.103.000
Artículo segundo. Someter el presente Acuerdo, por conducto del señor Ministro de Hacienda y Crédito Público, a la aprobación del señor Presidente de la República.

Dado en Bogotá, D. E., a los veinte (20) días del mes de noviembre de mil novecientos achenta (1980).

El Presidente,

Alfonso Palacio Rudas

El Secretario,

José Fernando Jaramillo H.

Artículo 2° Este Decreto rige desde la fecha de su expedición.

Comuníquese y cúmplase.

15 de diciembre de 1980.

julio cesar turbay ayala

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Jaime García Parra

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