Por el cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos de funcionamiento para la vigencia fiscal de 1962 (Ministerio del Trabajo), por $ 34.000.00
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley 71 de 1962 facultó expresamente al Gobierno Nacional para abrir créditos y hacer traslados presupuéstales, por el resto de la vigencia, sin sujeción a las normas ordinarias sobre la materia, con el solo requisito del Certificado de Disponibilidad del Contralor General y la aprobación del Consejo de Ministros;
Que el Contralor General de la República expidió el Certificado de Reserva y Disponibilidad número 95 de 1962, para amparar el traslado de que se trata, y el Consejo de Ministros ha impartido la aprobación correspondiente, y
Que para la buena marcha de la Administración Pública se requiere incrementar algunas apropiaciones del Ministerio del Trabajo,
DECRETA:
Artículo 1º Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1962:
PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO
Ministerio del Trabajo
Contracréditos
- I. Gastos directos del Ministerio
- B) Rama Técnica
CAPITULO 0814
Consejo Nacional de Salarios
Programa II
Consejos Seccionales de Salarios
Servicios personales
| 101, 329. Artículo 8504. Honorarios | $ 34.000.00 |
|---|---|
| Suma el contracrédito | $34.000.00 |
Créditos
- I. Gastos directos del Ministerio
- C) Rama Administrativa
CAPITULO 0818
División de Servicios Generales
Programa III
Correspondencia y Archivo
Servicios personales
| 101, 111. Artículo 8574. Sueldos del personal de nómina | $ 31.000.00 |
|---|---|
| 102, 111. Artículo 8577. Prima de Navidad | 1.500.00. |
| 102, 111. Artículo 8578. Indemnización por vacaciones | 1.500.00 |
| Suman los créditos | $ 34.000.00 |
Artículo 2º El presente Decreta rige desde la fecha de su expedición.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D. E., a 17 de diciembre de 1962.
GUILLERMO LEON VALENCIA.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Carlos Sánz de Santamaría.
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