Por el cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1962 (Ministerio de Comunicaciones), por $6.450.00 moneda legal
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley 71 de 3 962 facultó expresamente al Gobierno Nacional para abrir créditos y hacer traslados presupuéstales, por el resto de la vigencia, sin sujeción a las normas ordinarias sobre la materia, con el solo requisito del Certificado de Disponibilidad del Contralor General y la aprobación del Consejo de Ministros;
Que el Contralor General de la República expidió el Certificado de Reserva y Disponibilidad número 92 de 1962, para amparar el traslado de que se trata, y el Consejo de Ministros ha impartido la aprobación correspondiente, y
Que para la buena marcha de la Administración Pública se requiere incrementar algunas apropiaciones del Ministerio de Comunicaciones,
DECRETA:
Artículo 1º Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1962:
| PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO | |
|---|---|
| Ministerio de Comunicaciones | |
| Contracréditos | |
| I. Gastos directos del Ministerio | |
| B) Rama Técnica | |
| CAPITULO 1310 | |
| División de Servicios Postales | |
| Programa II | |
| Manejo de Oficinas de Correos | |
| Gastos generales | |
| 106, 263. Artículo 13126. Conducción de correos (contratos) | $ 6.450.00 |
| Suman los contracréditos | $6.450.00 |
| Créditos | |
| I. Gastos directos del Ministerio | |
| A. Dirección del Ministerio | |
| CAPITULO 1301 | |
| Gabinete del Ministro | |
| Servicios personales | |
| 101, 111. Artículo 13001. Sueldos del personal de nómina | 900.00 |
| 101, 111. Artículo 13002. Gastos de representación | 5.400.00 |
| 102, 111. Artículo 13003. Prima de Navidad | $ 150.00 |
| Suman los créditos | $ 6.450.00 |
Artículo 2º El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 17 de diciembre de 1962.
GUILLERMO LEON VALENCIA
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
Carlos Sanz de Santamaría.
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