Por el cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1962 (Departamento Administrativo Nacional de Estadísticas), por $4.020.00 moneda legal

Rango Decreto
Publicación 1963-01-31
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la Republica de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 71 de 1962 facultó expresamente al Gobierno al, Gobierno Nacional para abrir créditos y hacer traslados presupuéstales, por el resto de la vigencia, sin sujeción, a las normas ordinarias sobre la materia, con el solo requisito del Certificado de Disponibilidad del Contralor General y la aprobación del Consejo de Ministros;

Que el Contralor General de la República expidió el Certificado de Reserva y Disponibilidad número 90 de 1962, para amparar el traslado de que se trata, y el Consejo de Ministros ha impartido la aprobación correspondiente, y

Que para la buena marcha de la Administración Pública se requiere incrementar algunas apropiaciones del Departamento Administrativo Nacional de Estadística,

DECRETA:

Artículo 1º Hácense las siguientes traslaciones es el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1962:
PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO
Departamento Administrativo Nacional de Estadística
Contracréditos
CAPITULO 031
Departamento Administrativo Nacional de Estadística
Programa I
Administración del Departamento
Gastos generales
106, 111 Articulo 0306 Viáticos y gastos de viaje $ 4.020.00
Suman los créditos $4.020.00
Créditos
CAPITULO 031
Programa I.
Administración del. Departamento
Servicios personales
101, 111 Articulo 0302 Gastos de representación $4.020.00
Suman los créditos $4.020.00
Artículo 2º El presenté Decreto rige desde la fecha de su expedición

Comuníquese, publíquese y cúmplase

Dado en Bogotá D. E., a 17 de diciembre de 1362.

GUILLERMO LEON VALENCIA

El ministro de Hacienda y Crédito Público

Carlos Sanz de Santamaría

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