Por el cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos de funcionamiento para la vigencia fiscal de 1962 (Ministerio de Guerra), por $787.257.83 moneda legal

Rango Decreto
Publicación 1963-01-31
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la Republica de Colombia

En uso de sus facultades legales y

CONSIDERANDO

Que la Ley 71 de 1962 facultó expresamente al Gobierno Nacional para abrir créditos y hacer traslados presupuéstales, por el resto de la vigencia, sin sujeción a las normas ordinarias sobre la materia; con el solo requisito del Certificado de Disponibilidad del Contralor General y la aprobación del Consejo de Ministros;

Que el Contralor General de la República expidió el Certificado de Reserva y Disponibilidad número 100 de 1962, para amparar el traslado de que se trata, y el Consejo de Ministros ha impartido la aprobación correspondiente, y

Que para la buena marcha de la Administración Pública se requiere incrementar algunas apropiaciones del Ministerio de Minas de Guerra.

DECRETA:

Artículo 1º Hacense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1962:
PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO
Ministerio de Guerra
Contracréditos
1 Gastos directos del Ministerio
B) Rama Técnica
CAPITULO 0502
Comando General
Programa 1
Administración del Comando General
Gastos generales
106 131 Articulo 5013 materiales y suministros $60.000.00
CAPITULO 0503
Ejército Nacional
Programa 1
Administración de los Servicios de Defensa
Servicios personales
101, 132 Articulo 5027 Remuneración servicios técnicos $356.000.00
101, 132 Articulo 5028 Honorarios 41.668.00
Gastos generales
106, 132 Articulo 5039 Arrendamientos 73.000.00
CAPITULO 0505
Fuerza Aérea Colombiana
Programa 1
Servicios de Defensa Aérea
Servicios personales
101, 131 Articulo 5077 Servicios de comunicaciones 11.633.59.
106, 134 Articulo 5081 Arrendamientos 61.318.63
Programa III
Equipo y Material de Guerra
Gastos generales
105, 131 Articulo 5085. Compra de equipo 24.000.00
Programa IV
Servicios personales
101. 332 Articulo 5087 Remuneración servicios técnicos $787.257.83
Créditos
1 Gastos directos del Ministerio
B) Rama Técnica
Comando General
Programa 1
Administración del Comando General
Gastos Generales
106, 131 Articulo 5018 Mantenimiento y aseguros 50.000.00
CAPITULO 0503
Ejército Nacional
Programa I
Administración de los Servicios de Defensa
Gastos generales
106, 132. Artículo 5035. Servicios de comunicaciones 241. 668.00.
106, 132. Artículo 5036. Servicios públicos 229 000 00
CAPITULO 0505
Puerca Aérea Colombiana
Programa 1
Servicios de Defensa Aérea
Servicios personales
102. 131. Artículo 5072. Prima de Navidad 154.877.55
102, 134. Artículo 5073. Partida de alimentación, lavado y peluquería 53.486.16
Programa IV
Sanidad y Asistencia Social
Gastos generales
106, 332. Artículo 5088. Materiales y .suministros 48.226.12
Suman los créditos $ 787.257.83
Artículo 2º El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E., a 17 de diciembre de 1962.

GUILLERMO LEON VALENCIA

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos Sanz de Santamaría

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