Por el cual se adiciona el Decreto 3314 de 1962
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades constitucionales,
DECRETA:
Artículo único. En sus actuales sesiones extraordinarias, las Cámaras Legislativas se ocuparán, además de los enumerados en el Decreto 3311 de 1962, de los siguientes asuntos:
- a) Proyectos de ley:
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- "Por la cual se aprueba la Convención sobre Asilo Diplomático, suscrita en la X Conferencia Panamericana de Caracas en el año de 1954"
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- "Por la cual se aprueba la Convención sobre Asilo Territorial, suscrita en la X Conferencia Interamericana de Caracas".
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- "Por la cual se aprueba el Convenio de Cooperación entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de los Estados Unidos de América en relación con usos civiles de energía atómica, suscrito en Washington el 9 de abril de 1962".
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- "Por la cual se fija un impuesto especial de timbre sobre expedición de pasaportes a trabajadores manuales, y se autoriza una exención para ciertos documentos de viaje".
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- "Por la cual se dictan disposiciones sobre organización y funcionamiento del Consejo de Estado".
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- "Por medio de la cual se estable el impuesto complementario sobre el gasto excesivo".
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- "Sobre sindicatos relaciones colectivas del trabajo".
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- "Sobre régimen del contrato de trabajo".
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- "Por la cual se regulan las relaciones entre patronos y trabajadores del transporte marítimo, fluvial y ferroviario".
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- "Por la cual se aumenta el capital autorizado de la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero, y se dan unas autorizaciones".
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- "Por la cual se adscriben unas facultades al Instituto de Fomento Industrial, se dan unas autorizaciones al Gobierno y se dictan otras disposiciones".
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- "Por la cual se provee a la financiación de empresas de energía eléctrica y se dictan otras disposiciones".
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- "Por la cual se aprueban en todas sus parles el Convenio de la Unión Postal de las Américas y España, los acuerdos de valores declarados, de encomiendas, de giros postales, sus reglamentos de ejecución, sus protocolos finales y los reglamentos de las oficinas internacionales de Montevideo y de Transbordos de, Panamá, firmados el 14 de octubre de 1960".
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- "Por la cual se aprueban el Convenio de la Unión Internacional de Telecomunicaciones, su protocolo final y sus protocolos adicionales firmados en Ginebra (Suiza) el 21 de diciembre de 1959".
- b) Los demás negocios que en el curso de la sesiones extraordinarias recomiende o presente el Gobierno a la consideración del Congreso.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D. E., a 17 de diciembre de 1962.
GUILLERMO LEON VALENCIA
El Ministro de Gobierno, Eduardo Uribe Bolero.
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