Por medio del cual se hace una delegación
El Designado, encargado de la Presidencia de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales,
DECRETA:
Artículo 1º. Delégase en el Ministerio de Guerra la conservación de la carretera del Cusiana en el Sector Sogamoso-Vado Hondo y la reconstrucción de la misma, entre Pajarito y Agua Azul.
Artículo 2º. La suma de $ 350.000.00 apropiada en el Capítulo 116 artículo 1839 ordinal 25) del presupuesto de gastos del Ministerio de Obras Públicas "Para la carretera Sogamoso-Pajarito- Agua Azul (Carretera del Cusiana), será girada en partidas mensuales al Contador Pagador del Grupo de Artillería "Tarqui" a Sogamoso, funcionario que deberá rendir cuenta comprobada de la inversión de esos fondos a la Contraloría General de la República, enviando además un duplicado de la cuenta mensual al Ministerio de Obras Públicas.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 17 de febrero de 1953.
ROBERTO URDANETA ARBELAEZ
El Ministro de Obras Públicas,
Jorge Leyva
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