por el cual se confiere una autorización al Gobernador del Departamento del Cauca
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de las facultades que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional, y
considerando:
Que por Decreto número 3518 de 9 de noviembre de 1949, se declaró turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio de la República;
Que por Decreto número 3520 de la misma fecha, se suspendieron las sesiones de las Asambleas Departamentales;
Que el Departamento del Cauca está interesado en la construcción de un edificio que proyecta el Ministerio de Comunicaciones, en la ciudad de Popayán, destinado a las Oficinas de Correos, Telégrafos y Radio, para lo cual ofrece aportar el lote de terreno,
decreta:
Artículo 1º Autorizase al Departamento del Cauca para ceder a la Nación el lote de terreno de 1.000 metros cuadrados aproximadamente, adquirido por compra a Carlos Simmonds, cuyos linderos son los siguientes: Por el Oriente, con la carrera 7ª de por medio, con el Teatro Municipal, en una extensión de 22 metros; por el Norte, con el edificio de la Caja de Crédito Agrario, y con casas de particulares, paredes de por medio, en 48 metros; por el Occidente, con el lote del Club Popayán, en 21,70 metros; y por el Sur, con casa de Guillermo León Valencia, en 48 metros.
La Nación destinará dicho lote a la construcción de un edificio para el funcionamiento de las Oficinas de Correos, Telégrafos, Radio y demás de la misma naturaleza; y la sesión a que se refiere el presente Decreto se cumplirá sin más formalidades que las del otorgamiento de la correspondiente escritura pública, por parte del señor Gobernador y su aceptación por el señor Ministro de Comunicaciones.
Artículo 2º El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 8 de febrero de 1954.
Teniente General GUSTAVO ROJAS PINILLA
El Ministro de Gobierno,
Lucio Pabón Núñez.
El Secretario General del Ministerio de Relaciones Exteriores, encargado del Despacho,
Daniel Henao Henao.
El Ministro de Justicia,
Antonio Escobar Camargo.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Carlos Villaveces.
El Ministro de Guerra,
Brigadier General Gustavo Berrío M
El Ministro de Agricultura y Ganadería,
Brigadier General Arturo Chary.
El Ministro del Trabajo,
Aurelio Caicedo Ayerbe.
El Ministro de Salud Pública,
Bernardo Henao Mejía.
El Ministro de Fomento,
Alfredo Rivera Valderrama.
El Ministro de Minas y Petróleos,
Pedro Nel Rueda Uribe.
El Ministro de Educación Nacional,
Manuel Mosquera Garcés.
El Ministro de Comunicaciones,
Coronel Manuel Agudelo.
El Ministro de Obras Públicas,
Santiago Trujillo Gómez.
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