Por el cual se adiciona el Presupuesto de Ingresos y se abren unos créditos adicionales en el Presupuesto de Gastos del Fondo Vial Nacional de la actual vigencia , en la cantidad de $ 70.000.000
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
-Que el Gobierno Nacional mediante la Ley número 26 del 29 de octubre de 1980. adiciona y abre unos créditos adicionales en el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Ministerio de Obras Públicas y Transporte -Fondo Vial Nacional-, en la suma de setenta millones de pesos $70.000.000 moneda corriente;
-Que dicha partida se debe incorporar en el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo Vial Nacional de la vigencia fiscal de 1980, de conformidad, con disposiciones legales vigentes;
Que se han cumplido los requisitos legales necesarios,
DECRETA:
Artículo 1º. Adiciónase el Presupuesto de Ingresos del Fondo Vial Nacional para la vigencia fiscal de 1980, en la cantidad de setenta millones de pesos ($70.000.000) moneda corriente, según el siguiente detalle:
| Presupuesto de Ingresos. | Presupuesto de Ingresos. | Presupuesto de Ingresos. | Presupuesto de Ingresos. |
|---|---|---|---|
| Ingresos no Tributarios | Ingresos no Tributarios | Ingresos no Tributarios | Ingresos no Tributarios |
| Numeral | |||
| 2 | Aporte del Gobierno Nacional-Ministerio de Obras Públicas y Transporte con Recursos Ordinarios $ | 70.000.000 | |
| Total Presupuesto de Ingresos | $ | 70.000.000 |
Artículo 2º. Con base en el recurso de que trata el artículo anterior se abre un crédito y se adiciona el Presupuesto de Gastos del Fondo Vial Nacional de la vigencia fiscal de 1980, en la suma de setenta millones de pesos ($70.000.000) moneda corriente, de acuerdo, con la siguiente distribución
| Presupuesto de Gastos. |
|---|
| Inversión Directa. |
| PROGRAMA 04 |
| Plan de Pavimentación de Carreteras Nacionales. |
|---|
| Artículo | |||
|---|---|---|---|
| 4 | Plan Pavimentación Nacional | $ | 20.000.000 |
| Proyecto | |||
| 3 | Ponedera-Calamar | $ | 20.000.000 |
| PROGRAMA 08 | PROGRAMA 08 | PROGRAMA 08 | PROGRAMA 08 |
| Estudios, Construcción, Reconstrucción y Pavimentación de Carreteras Troncales Transversales. | Estudios, Construcción, Reconstrucción y Pavimentación de Carreteras Troncales Transversales. | Estudios, Construcción, Reconstrucción y Pavimentación de Carreteras Troncales Transversales. | Estudios, Construcción, Reconstrucción y Pavimentación de Carreteras Troncales Transversales. |
| Artículo | |||
| 18 | Transversal Turbo Medellín Bogotá | $ | 50.000.000 |
| Proyecto | |||
| 4 | Medellín-Puerto Triunfo | 50.000.000 | |
| Total Presupuesto de Gastos | $ | 70.000.000 |
Artículo 3º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D. E., a 15 de diciembre de 1980.
JULIO CESAR TURBAY AYALA
El. Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Jaime García Parra.
El Ministro de Obras Públicas y Transporte,
Enrique Vargas Ramírez
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.