Por el cual se hace un traslado en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1979 (Ministerio de Hacienda y Crédito Público)
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
considerando:
Que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, por medio de la Resolución, número 00133 de 1979, declaró sobrante la suma de $ 10.00.0.000.00 en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1979 con el objeto de que sea trasladada para incrementar otra apropiación de su presupuesto que resultó insuficiente;
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 113 del Decreto-ley 294 de 1978, el Contralor General de la República expidió el certificado de reserva y disponibilidad número 01 por valor de $10.000.000.00 para amparar el traslado presupuestal de que trata este Decreto, y
Que se han cumplido los requisitos legales necesarios.
DECRETA:
Artículo 1° Efectúese-el siguiente traslado en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1979:
Contracrédito
Presupuestode Funcionamiento
Ministeriode Hacienda y Crédito Público.
CAPITULO 2
Dirección General de Impuestos Nacionales.
Servicios personales.
Claves:
| 112 4 11. | Artículo 1403. Sueldos del personal supernumerario | $ | 10.000.000 |
|---|---|---|---|
| Valor del contracrédito | $ | 10.000.000 |
Crédito
Presupuesto de Funcionamiento
Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
CAPITULO 2
Dirección General de Impuestos Nacionales.
Servicios personales.
Claves:
| 112 5 11. | Artículo 1404. Remuneración servicios técnicos | $ | 10.000.000 |
|---|---|---|---|
| Valor del Crédito | $ | 10.000.000 |
Artículo 2° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D.E., a 19 de febrero de 1979.
julio cesar Turbay Ayala
El Ministro de Hacienda y Crédito Público.
Jaime García Parra.
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