Por el cual se distribuye una partida

Rango Decreto
Publicación 1932-03-04
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República, de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales,

DECRETA:

Artículo único. La partida de $ 5,140 trasladada por medio del Decreto número 243, de fecha 12 del presente, al artículo 4l0, capitulo 49, del Presupuesto de la vigencia en curso, se distribuye así:
Mensual En el año.
Para sueldo de una Profesora de Canto a $ 20 240
Para sueldo de una Profesora de Dibujo, a 15 180
Para pensiones alimenticias de doce alumnas, a $ 18 mensuales cada una, en diez meses 216 2,160
Para la construcción de pozo artesiano y armar dos tanques para agua de 30,000 litros de capacidad cada uno 1,000
Para completar la partida destinada a luz, aseo, ropas, drogas, servicio médico, laboratorios, biblioteca, útiles de enseñanza, reparaciones del edificio, etc. 1,560
Suma $ 5,140

Comuníquese y publíquese.

Dado en Fusagasugá a 25 de febrero de 1932.

ENRIQUE OLAYA HERRERA.

El Ministro de Educación Nacional, Julio CARRIZOSA V.

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