Por el cual se fijan el personal y las asignaciones de la Superintendencia Nacional de Importaciones

Rango Decreto
Publicación 1943-02-19
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE LA ECONOMIA NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia.

en uso de sus facultades legales, y especialmente de la que le confiere el artículo 25 de la Ley 45 de 1942,

DECRETA:

Artículo 1° A partir del 1° de febrero del presente año el personal y asignaciones de la. Superintendencia Nacional de lmportaciones, dependiente del Ministerio de la Economía Nacional, serán los siguientes

Despacho del Superintendente.

Mensuales
Un Superintendente 600.00
Un .Secretario Privado 250.00
Una Mecanotaquigrafa 100.00
Una Telefonista Archivera 70.00
Un Conserje 60.00
Secretaria General
Un Secretario General 400.00
Una Mecanotaquígrafa 90.00
Investigaciones Económicas.
Un Jefe 350.00
Un Subjefe 250.00
Un Asesor Técnico .(química) 300.00
Un Asesor- Técnico (maquinaria.) 300.00
Una Mecanotaquigrafa 90.00
Información y Repartos
Un Oficia 1° 150.00
Un Oficial 2° 150.00
Un Oficial 3° 150.00
Un Oficial 4° 150.00
Un Oficial 5° 120.00
Un Oficial 6° 120.00
Sección de Metales
Un jefe 300.00
Un Asesor Técnico 250.00
Un Traductor Codificador 200.00
Una mecanotaquigrafa 90.00
Información y Repartos
Un Oficia 1° 150.00
Un Oficial 2° 150.00
Un Oficial 3° 150.00
Un Oficial 4° 150.00
Un Oficial 5° 150.00
Documentos y Certificados
Documentos
Un Jefe 250.00
Un oficial de Formularios 90.00
Una Mecariotaquigrafa 90.00
Una Mecariotaquigrafa 90.00
Certificados
Un Asesor de Certificado 250.00
Un Contador de Cuotas 150.00
Una Mecanotaquígrafa 90.00
Una Mecanotaquígrafa 90.00
vehículos y Llantas
Un Jefe 250.00
Un Asesor Contralor 200.00
Un Oficial 1° 120.00
Un Oficial 2° 120.00
Una Mecanotaquígrafa 90.00
Archivo General
Un Archivero 120.00
Un Ayudante 100.00
Proveeduria
Un pagador proveedor 150.00
Un Ayudante General 90.00
Tabulación
Un Jefe de Máquinas 150.000
Un Clasificado 150.00
Una Persona 90.00
Oficina.de Registro
Un Registrador 120.00
Una Mecanografista 90.00
Un. mensajero 60.00
Aseo
Encargada 30.00
Una Encargada 30.00
Artículo 2°. Los miembros del comité consultivo de la superintendencia Nacional de importaciones disfrutaran de la asignación fijada por el decreto numero 431 de 1942.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 15 de febrero de 1943.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Vivienda y Crédito Público,

Alfonso ARAUJO

El Ministro de la Economía Nacional,

Santiago RIVAS

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.