por el cual se suprimen cargos vacantes de la planta de personal del Fondo Rotatorio de la Policía
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política, el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que el Fondo Rotatorio de la Policía, presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública la justificación técnica de que tratan los artículos 41 de la Ley 443 de 1998 y 148 y 155 del Decreto 1572 de 1998, modificado por el Decreto 2504 de 1998, el cual emitió concepto técnico favorable, y cuenta con concepto de la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, para efectos de modificar su planta de personal;
Que el Consejo Directivo del Fondo Rotatorio de la Policía, sometió a aprobación del Gobierno Nacional la propuesta de supresión de cargos vacantes de su planta de personal, de acuerdo las actas de sesión de Consejo Directivo números 001 y 007 de 2003,
DECRETA:
Artículo 1°. Suprímense de la planta de personal del Fondo Rotatorio de la Policía, los siguientes cargos vacantes:
| N° cargo | Dependencia y denominación del empleo | Código | Grado |
|---|---|---|---|
| 1 (Uno | Profesional Universitario | 3020 | 06 |
| 1 (Uno) | Asistente Administrativo | 4140 | 10 |
| 1 (Uno) | Técnico Administrativo | 4065 | 09 |
| 1 (Uno) | Técnico Administrativo | 4065 | 07 |
| 1 (Uno) | Técnico Administrativo | 4065 | 05 |
| 2 (Dos) | Técnico Operativo | 4080 | 09 |
| 1 (Uno) | Secretario Ejecutivo | 5040 | 22 |
| 1 (Uno) | Secretario | 5140 | 11 |
| 1 (Uno) | Secretario | 5140 | 08 |
| 2 (Dos) | Auxiliar Administrativo | 5120 | 09 |
| 5 (Cinco) | Auxiliar Administrativo | 5120 | 07 |
| 1 (Uno) | Auxiliar de Servicios Generales | 5335 | 15 |
| 2 (Dos) | Auxiliar de Servicios Generales | 5335 | 11 |
| 2 (Dos) | Operario Calificado | 5300 | 15 |
| 1 (Uno) | Operario Calificado | 5300 | 09 |
Artículo 2°. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente los Decretos 471 de 1998 y 2775 de 2001.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 3 de febrero de 2004.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Alberto Carrasquilla Barrera.
El Ministro de Defensa Nacional,
Jorge Alberto Uribe Echavarría.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Fernando Grillo Rubiano.
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