Por el cual se dan unas autorizaciones al Gobierno

Rango Decreto
Publicación 1954-12-02
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y en especial de las que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional, y

considerando

que por Decreto número 3518 de 9 de noviembre de 1949, se declaró tumbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio de la República,

decreta:

Artículo 1° Autorízase al Gobierno Nacional para crear la Sección de Televisión, fijar las asignaciones y funciones de los empleados y reorganizar la Dirección de Información y propaganda del Estado.
Artículo 2° Quedan suspendidas todas las disposiciones que sean contrarias a las del presenté Decreto, el cual rige desde la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 19 de noviembre de 1954.

Teniente General GUSTAVO ROJAS PINILLA

El Ministro de Gobierno,

Lucio Pabón Núñez.

Él Ministro de Justicia,

Luis Caro Escallón.

El Ministro de Guerra,

Brigadier General Gabriel París.

El Ministro de Agricultura,

Juan Guillermo Restrepo Jaramillo.

El Ministro del Trabajo, encargado del Ministerio de Salud Pública,

Castor Jaramillo Arrubla.

El Ministro de Fomento, encargado del Ministerio de Hacienda y Crédito Público,

Manuel Archila Monroy.

El Ministro de Minas y Petróleos, encargado del Despacho de Relacion.es Exteriores,

Pedro Manuel Arenas.

El Ministro de Educación Nacional,

Aurelio Caicedo Ayerbe.

t El Ministro de Comunicaciones,

Brigadier General Gustavo Berrío M.

El Ministro de Obras Públicas,

Capitán de Navio Rubén Piedrahita A.

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