Por el cual se crean varios cargos y se suprime otro (ramo de Carreteras Nacionales)
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y en especial de las que le confieren los artículos 7° y 15 de la Ley 88 de 1931,
DECRETA:
Artículo 1° Créase el cargo de Ingeniero Ayudante de la Zona de Carreteras Nacionales de Manizales, con una asignación mensual de seiscientos cincuenta pesos ($ 650).
Artículo 2° Créase el cargo de Inspector de Talleres de la Zona de Carreteras Nacionales de Cali, con una asignación mensual de doscientos ochenta pesos ($ 280).
Artículo 3° Suprímese el cargo de Ingeniero Ayudante de la carretera Sotomayor-Yacuanquer, dependiente de la Zona de Carreteras Nacionales de Pasto.
Artículo 4° Créase el cargo de Ingeniero Ayudante de la Zona de Carreteras Nacionales de Valledupar, con una asignación de setecientos pesos ($ 700) mensuales.
Artículo 5° Créase el cargo de Inspector Dibujante de la Zona, de Carreteras Nacionales de Bucaramanga, con una asignación mensual de cuatrocientos cincuenta pesos ($ 450).
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 24 de octubre de 1949.
MARIANO OSPINA PEREZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Hernán JARAMILLO OCAMPO-El Ministro de Obras Públicas, Víctor ARCHILA BRICEÑO.
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