por el cual se modifica la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial del Sistema de Parques Nacionales Naturales del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial

Rango Decreto
Publicación 2007-09-06
Estado Derogada
Departamento MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le otorga el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política, el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que la Unidad Administrativa Especial del Sistema de Parques Nacionales Naturales del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública los estudios técnicos de que tratan los artículo 95, 96 y 97 del Decreto 1227 de 2005, para efectos de establecer la planta de personal; encontrándolos ajustados técnicamente y emitiendo en consecuencia concepto técnico favorable de conformidad con lo señalado en el artículo 95 del Decreto 1227 de 2005;

Que para los fines de este Decreto, la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Publico, otorgó el certificado de viabilidad presupuestal,

DECRETA:

Artículo 1°. Suprímense los siguientes empleos de la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial del Sistema de Parques Nacionales Naturales del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial:
N° DE CARGOS DENOMINACION DEL EMPLEO CODIGO GRADO
22 (veintidós) Jefe de Programa 2084 23
18 (dieciocho) Jefe de Programa 2084 21
1 (uno) Auxiliar Administrativo 4044 20
5 (cinco) Pagador 5045 20
4 (cuatro) Operario Calificado 4169 11
1 (uno) Operario Calificado 4169 09
1 (uno) Conductor Mecánico 4103 09
1 (uno) Auxiliar de Servicios Generales 4064 09
Artículo 2°. Créense los siguientes empleos en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial del Sistema de Parques Nacionales Naturales del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial:
N° DE CARGOS DENOMINACION DEL EMPLEO CODIGO GRADO
2 (dos) Profesional Especializado 2028 20
22 (veintidós) Administrador de Parques Nacionales 2024 19
27 (veintisiete) Administrador de Parques Nacionales 2024 17
1 (uno) Profesional Universitario 2044 06
1 (uno) Técnico Administrativo 3124 11
5 (cinco) Auxiliar Administrativo 4044 20
2 (dos) Operario Calificado 4169 09
Artículo 3°. El empleado de carrera a quien se le suprima el cargo del cual es titular, en virtud de lo dispuesto en el artículo 1° del presente decreto, será incorporado en un empleo igual o equivalente, de conformidad con lo consagrado en el artículo 44 de la Ley 909 de 2004, y los artículos 87 y siguientes del Decreto 1227 de 2005.
Artículo 4°. Los cargos de carrera vacantes de la planta de personal se proveerán de conformidad con lo dispuesto en el Capítulo I del Título II del Decreto 1227 de 2005, y demás normas concordantes.
Artículo 5°. La incorporación de los empleados a la planta de personal establecida en el artículo 2° del presente decreto, se efectuará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 909 de 2004, el artículo 88 del Decreto 1227 de 2005 y demás normas sobre la materia, dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha de su publicación.
Artículo 6°. Los empleados públicos de la Unidad Administrativa Especial del Sistema de Parques Nacionales Naturales del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, a quienes se les suprima el cargo, continuarán percibiendo la remuneración mensual correspondiente a los empleos de los que son titulares, hasta tanto se produzca la incorporación a los nuevos empleos que se crean en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial del Sistema de Parques Nacionales Naturales del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial y tomen posesión del cargo.
Artículo 7°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica el artículo 4° del Decreto 217 de 2003.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 6 de septiembre de 2007.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Oscar Iván Zuluaga Escobar.

El Ministro de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial,

Juan Lozano Ramírez.

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,

Fernando Antonio Grillo Rubiano.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.