Por el cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente. (Ministerio de Obras Públicas)

Rango Decreto
Publicación 1958-02-01
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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La Junta Militar de Gobierno de Colombia,

obrando de conformidad con las disposiciones del artículo 121 de la Constitución Nacional,

DECRETA:

Artículo primerio. Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente:

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS

CAPITULO 535

Carreteras Nacionales.

Construcción, Reconstrucción y Pavimentación.

202. Del artículo 5416. Para la carretera La Ye-Montería $ 269.000.00

CAPITULO 536

Carreteras Nacionales.

Puentes.

Construcción - Terminación.

203. Del artículo 5470. Para el puente de Purificación (Tolima) $ 350.000.00

Varios.

203. Del artículo 5510. Para adquisición de estructuras de puentes de tipo móvil, en el año 265.000.00 265.000.00
Suman los contracréditos $ 884.000.00

CAPITULO 531

División General de Carreteras Nacionales.

Dirección.

003. Al artículo 5370. Para gastos extraordinarios e imprevistos y gastos menores no contemplados en los artículos precedentes, en la presente vigencia y anteriores $ 174.237.50

CAPITULO 535

Carreteras Nacionales.

Construcción, Reconstrucción y Pavimentación.

202. Al artículo 5415. Para la carretera Montería-Planetarrica 269.000.00
202. Al artículo 5452. Para la carretera Cáqueza-Villavicencio 90.762.50

CAPITULO 536

Carreteras Nacionales.

Puentes.

Construcción - Terminación.

Para construcción, reparación y reconstrucción de puentes, en el año, así:

203. Al artículo 5458. Para el puente Paso Real, sobre el rio Cauca, en la carretera Medellín - Turbo 110.000.00
203. Al artículo 5466. Para el puente sobre el rio Fortalecillas (Huila) 50.000.00
203. Al artículo 5468. Para el puente Guamal sobre el caño de Guamal, en la carretera Banco - Pinto 50.000.00
203. Al artículo 5482-M. Para obras de defensa del puente San Esteban sobre el rio Magdalena en la carretera Altamira - Tarqui 50.000.00

Construccionesnuevas.

203. Al artículo 5493. Para el puente sobre el rio Carare, en la carretera Barbosa - Puerto Olaya 90.000.00
Suman los créditos $
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Artículo segundo. El presente Decreto rige desde su fecha y suspende todas las disposiciones que le sean contrarias.

Comuníquese, publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá a 10 de diciembre de 1957.

Mayor General GABRIEL PARIS,

Presidente de la Junta.

Mayor General Deogracias Fonseca.-Contralmirante Rubén Piedrahita A.-Brigadier General, Rafael Navas Pardo.-Brigadier General Luis E. Ordóñez.

El Ministro de Gobierno, José María Villarreal. El Ministro de Relaciones Exteriores, Carlos Sanz De Santamaría.-El Ministro de Justicia, Mayor General Alfredo Duarte Blum.-El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Antonio Álvarez Restrepo.-El Ministro de Guerra, Brigadier General Alfonso Saiz Montoya.-El Ministro de Agricultura y Ganadería, Jorge Mejía Salazar.-El Ministro del Trabajo, Raimundo Emiliani Román.-El Ministro de Salud Pública, Juan Pablo Llinás. El Ministro de Fomento, Joaquín Vallejo.-El Ministro de Minas y Petróleos, Julio Cesar Turbay Ayala.-El Ministro de Educación Nacional, Prospero Carbonell.-El Ministro de Comunicaciones, Mayor General Pedro A. Muñoz.-El Ministro de Obras Públicas, Tulio Ospina Pérez.

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