Por el cual se delegan unas funciones constitucionales

Rango Decreto
Publicación 1983-12-20
Estado Vigente
Departamento PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 5º del Acto legislativo número 1 de 1977, y

CONSIDERANDO:'

Que el Presidente de la República está ausente del país para asistir a los actos de posesión del señor Presidente de la República Argentina, doctor Raúl Alfonsín;

Que la ausencia del Presidente tendrá lugar desde el 9 de diciembre de 1983 hasta el 11 de los mismos mes y año;

Que el Ministro de Relaciones Exteriores, por virtud de la precedencia establecida en las leyes y en consideración a su filiación política, está habilitado para ejercer las funciones como Ministro Delegatario,

DECRETA:

Artículo 1º. Por el tiempo que dure la ausencia del Presidente de la República en razón de su viaje a que se refieren los considerandos de este Decrete, deléganse en el Ministro de Relaciones Exteriores, doctor Rodrígo Lloreda Caicedo, las funciones correspondientes a los asuntos indicados en los numerales 5º, 6º y 7º del artículo 118; numeral 2º del artículo 119 y numerales 2º 3º, 6º y 7º del articula 120 de la Constitución.
Artículo 2º. Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, a 7 de diciembre de 1983.

BELISARIO BETANCUR

El Jefe del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,

Alfonso Ospina Ospina.

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