Por el cual se amplia el termino del Servicio Militar Obligatorio

Rango Decreto
Publicación 1985-11-26
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 3
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El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo 1ºAmplíase el término del Servicio Militar obligatorio de que trata el artículo 3º de la Ley 37 de 1978, para el Tercero y Quinto Contingentes de 1984, hasta por veinticuatro (24) meses.
Artículo 2º Lo dispuesto en el artículo anterior, podrá ser aplicado a criterio delos Comandantes de Fuerza, de acuerdo a las exigencias y necesidades de mantenimiento del Orden Público.
Artículo 3º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 22 de noviembre de 1935.

BELISARIO BETANCUR

El Ministro de Defensa Nacional,

General Miguel Vega Uribe.

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