Por el cual se reforma i adiciona el decreto número 300 de 23 de mayo, sobre reorganización del Ejército i reducción de él a 8.500 hombres

Rango Decreto
Publicación 1877-06-07
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de los Estados Unidos de Colombia

decreta :

Artículo único. El Cuerpo de sanidad de los respectivos Ejércitos, tendrá ademas de los empleados de que trata el artículo 6.° del decreto número 300, un Cabo de sala para cada Hospital ; i se suprimirá el empleo de Boticario en aquellos Hospitales que no tengan Botica anexa a ellos.

Queda en estos términos adicionado i reformado el decreto número 300 de 23 de mayo del presente año, sobre reorganizacion del Ejército i reduccion de él a 8,500 hombres.

Comuníquese.

Dado en Bogotá, a 4 de junio de 1877.

SERJIO CAMARGO.

El Secretario de Guerra i Marina,

Sántos Acosta.

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