Por el cual se contracredita una suma y acredita con otra la Ley de Apropiaciones de la vigencia fiscal en curso, en lo referente al Ministerio de Hacienda y Crédito Público

Rango Decreto
Publicación 1926-03-08
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 1
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E1 Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y

teniendo en cuenta

los Decretos números 1786 y 1865 de 1925, y 1°, 5, 31, 42, 69, 102, 109, 113, 149, 165, 194, 196, 217. 27 6 y 306 del presente año, dictados en virtud de la autorización conferida por el artículo 4° de la Ley 5ª de 192 5, la relación con el arícalo 17 de la Ley 83 del mismo año,

decreta:

Articulo 1° Contraeredítese la Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal da 1° de enero, a 31 de diciembre de 1926, con la cantidad de ciento setenta y tres mil ciento trece pesos coa treinta y un centavos ($ 173,113-31), tomada de las siguientes imputaciones:

Artículo 2° Acreditase la Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal de 1° dé enero a 31 de diciembre de 1926, con la cantidad de ciento Setenta y tres mil ciento trece pesos con treinta, y un contaros ($ 173,113-31), que llevará lúa siguientes imputaciones

CAPITULO 24 276. Sueldos de los empleados en once meses, de febrero a diciembre así:

Publíquese

Dado en Bogotá a 23 de febrero de 1926

PEDRO NEL OSPINA-El Ministro de Hacienda y Crédito Publico, Jesus M. MARULANDA

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