Por el cual se abre un crédito adicional -extraordinario - al Presupuesto vigente. (Ministerio de Obras Públicas)
La Junta Militar de Gobierno de Colombia,
obrando de conformidad con las disposiciones del artículo 121 del Constitución Nacional,
DECRETA:
Artículo primero. Adiciónase los cómputos líquidos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Nación para la presente vigencia fiscal, con la cantidad de tres millones doscientos setenta y siete mil cuatrocientos cincuenta y dos pesos con sesenta centavos ($ 3.277.452.60) moneda corriente, que se incorpora con imputación al siguiente numeral:
RECURSOS DEL CREDITO
| Al numeral 125. Producto de la emisión de los Pagarés números 1 a 4 sin intereses, expedidos a favor de GHH-MAN, de Alemania según contrato de 29 de septiembre de 1955 modificado por las Actas números 1 y 2 de 6 de noviembre de 1956 y 15 de octubre de 1957, respectivamente, sobre construcción del puente río Magdalena en la carretera Purificación - Prado - Dolores - Alpujarra ($ 1.042.432.00 y US$ 421.702.00, al cambio del 5.30%) | $ | 3.277.452.60 |
|---|---|---|
| Total | $ | 3.277.452.60 |
Artículo segundo Con la base en el nuevo recurso fiscal de que trata el artículo anterior, ábrese el siguiente crédito adicional -extraordinario- al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal en curso:
MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Obras e Inversiones con Recursos del Crédito.
CAPITULO 549-A
Carreteras Nacionales.
Construcción, reconstrucción y pavimentación.
| 203. Al artículo 5597/10. Para pagar en Pagarés a la firma GHH-MAN, de Alemania, la construcción del puente sobre el río Magdalena en la carretera Purificación - Prado - Dolores - Alpujarra, según contrato de 29 de septiembre de 1955, modificado por las Actas números 1 y 2 de 6 de noviembre de 1956 y 15 de octubre de 1957, respectivamente, ($ 1.042.432.00 y US$ 421.702.00, al cambio del 5.30%) | $ | 3.277.452.60 |
|---|---|---|
| Total | $ | 3.277.452.60 |
Artículo tercero. El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición y suspende todas las disposiciones que le sean contrarias.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá a 10 de diciembre de 1957.
Mayor General GABRIEL PARIS,
Presidente de la Junta.
Mayor General Deogracias Fonseca.-Contraalmirante Rubén Piedrahita A.-Brigadier General Rafael Navas Pardo.-Brigadier General Luis E. Ordoñez.
El Ministro de Gobierno, José María Villareal. El Ministro de Relaciones Exteriores, Carlos Sanz de Santamaría.-El Ministro de Justicia, Mayor General Alfredo Duarte Blum.-El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Antonio Alvarez Restrepo.-El Ministro de Guerra, Brigadier General Alfonso Sáiz Montoya.-El Ministro de Agricultura, Jorge Mejía Salazar.-El Ministro del Trabajo, Raimundo Emiliani Román.-El Ministro de Salud Pública, Juan Pablo LLinás. El Ministro de Fomento, Joaquín Vallejo.-El Ministro de Minas y Petróleos, Julio Cesar Turbay Ayala.-El Ministro de Educación Nacional, Próspero Carbonell.-El Ministro de Comunicaciones, Mayor General Pedro A. Muñoz.-El Ministro de Obras Públicas, Tulio Ospina Pérez.
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