Por el cual se aprueba el Acuerdo número 98 de octubre 25 de 1982, emanado de la Junta Directiva de la Caja Nacional de Previsión Social
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales le confiere el literal b) del artículo 26 del Decreto-ley 1050 de 1968
DECRETA:
Artículo Primero. Apruébese el Acuerdo número 98 de octubre 25 de 1982, emanado de la Junta Directiva de la Caja Nacional de Previsión Social cuyo texto es el siguiente:
"ACUERDO NUMERO 98 DE 1982
(octubre 25)
por el cual se fija la estructura Orgánica de la Caja Nacional de Previsión Social y se determinan las funciones de sus dependencias.
La Junta Directiva de la Caja Nacional de Previsión Social, en uso de las facultades que le confiere el artículo 16 de los Estatutos de la Caja,
CONSIDERANDO:
Que el Consejo de Estado en sentencia de noviembre 17 de 1981, en relación con el Acuerdo 04 de 1978, concluye "Que no habiendo sido aprobado el Acuerdo por el Gobierno Nacional él no ha entrado a regir y que por lo mismo, no puede ser materia de decisión jurisdiccional".
Que el Concejo de Estado en sentencia del 30 de septiembre de 1981, dispuso que las estructuras requieren aprobación del Gobierno Nacional.
Que para una mejor prestación de los servicios médico-asistenciales, es necesario racionalizar el funcionamiento del área médica, para lo cual, es indispensable reagrupar algunas funciones y dependencias,
ACUERDA:
Artículo 1°. Para el desarrollo de las funciones de la Caja Nacional de Previsión Social, establécese la siguiente Estructura Orgánica:
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- Junta Directiva.
-
- Dirección General.
- 2.1. Secretaría General
- 2.2. Oficina de Control Administrativo
- 2.3. Oficina de Control Servicios de Salud
- 2.4. Oficina Jurídica
- 2.5. Oficina de Planeación
2.5.1. Sección de Programación y Organización
2.5.2. Sección de Actuaría
2.5.3. Sección de Estadística
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- Sub-Dirección Financiera y de Sistemas.
- 3.1. División de Sistemas
3.1.1. Sección Análisis y Programación
- 3.2. División Financiera
3.2.1. Sección de Contabilidad
3.2.2. Sección de Presupuesto
3.2.3. Sección de Tesorería
3.2.4. Sección de Cartera.
3.2.5. Sección de Pagaduría
3.2.5.1. Grupo de Pagaduría Auxiliar
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- Sub-Dirección Administrativa.
- 4.1. División de Personal
4.1.1. Sección de Registro y Control
4.1.2. Sección de Bienestar Social y Capacitación
- 4.2. División de Servicios Generales.
4.2.1. Sección Compras
4.2.2. Sección de Almacén e Inventarios
4.2.3. Sección de Abastecimiento de Drogas
4.2.4. Sección de Mantenimiento y Servicios
4.2.5. Sección de Construcciones y Reparaciones
4.2.6. Sección de Archivo y Correspondencia.
4.2.7. Sección de Publicaciones
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- Sub-Dirección de Prestaciones Económicas
5.0.1. Sección de Registro de Pensiones
6.0.2. Sección de Archivo de Prestaciones Económicas
- 5.1. División de Reconocimiento
5.1.1. Sección de Pensiones Nacionales
5.1.2. Sección de Pensiones del Magisterio
5.1.3. Sección de Prestaciones varias
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- Sub-Dirección Médica
- 6.1. División Servicios Ambulatorios
6.1.1. Sección de Salud Oral
6.1.2. Sección de Consulta Externa
6.1.2.1. Grupo Citas Médicas
6.1.3. Sección Centro Médico ("Malkita")
6.1.4. Sección Farmacia
6.1.5. Sección Historias Clínicas
- 6.2. Clínica
6.2.0.1. Sección Servicio Social
6.2.1. División de Hospitalizaciones
6.2.1.1. Sección de Cirugía
6.2.1.2. Sección de Pediatría
6.2.1.3. Sección de Gineco-Obstetricia
6.2.1.4. Sección de Medicina Interna
6.2.1.5. Sección de Psiquiatría
6.2.1.6. Sección de Urgencias
6.2.1.7. Sección de Anestesiología
6.2.1.8. Sección Unidad de Cuidados Intensivos
6.2.2. División Servicios Complementarios
6.2.2.1. Sección de Rayos X
6.2.2.2. Sección de Medicina Física y Rehabilitación
6.2.2.3. Sección de Laboratorio
6.2.2.4. Sección de Patología
6.2.2.5. Sección de Banco de Sangre
6.2.2.6. Sección de Enfermería
6.2.2.7. Sección de Nutrición
6.2.3. División de Servicios de Apoyo
6.2.3.1. Sección de Almacén y Suministros Médicos
6.2.3.2. Sección de Mantenimiento y Servicios del Área Médica
6.2.3.2.1. Grupo de Lavandería y Ropería
- 6.3. División de Salud Ocupacional
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- Órganos de Asesoría y Coordinación
- 7.1. Junta de Licitaciones y Adquisiciones
- 7.2. Comisión de Personal
- 7.3. Comité Técnico Consultivo
- 7.4. Comité de Farmacia
-
- Seccionales y Agencias
- 8.1. Seccionales
Antioquia, Atlántico, Bolívar, Boyacá. Cauca, Caldas, Cesar, Córdoba, Chocó. Guajira, Huila, Magdalena, Meta, Nariño, Norte de Santander, Risaralda, Quindío, Santander, Sucre, Tolima, Valle, Caquetá
- 8.2. Agencias
Amazonas, Arauca, Buenaventura, Casanare, Girardot, Magdalena Medio, Putumayo, San Andrés (islas), Turbo
Artículo 2°. La Junta Directiva y el Director General desarrollarán las funciones previstas en los estatutos y demás disposiciones que le adicionen o modifiquen.
Artículo 3° Funciones de la Secretaría General.
- a) Estudiar los informes periódicos y ocasionales que las seccionales de la caja deban rendir al Director General y consignar las observaciones que de tal estudio se desprenden.
- b) Preparar para el Director General los informes y/o estudios especiales que este le encomiende.
- c) Velar por la oportuna calificación de servicios de los empleados.
- d) Emitir los conceptos que le solicite el Departamento Administrativo del Servicio Civil para el escalafonamiento de empleados de carrera administrativa.
- e) Velar por una rápida, veraz y permanente información sobre la caja con destino a los afiliados de la Entidad y a la opinión pública en general.
- f) Ejercer las funciones propias de la Secretaria de la Junta Directiva.
- g) Las demás funciones que le sean asignadas.
Artículo 4°. Funciones de la Oficina de Control Administrativo.
- a) Supervisar y controlar la implantación de las políticas, normas, sistemas y procedimientos administrativos y financieros en la administración general y en las Seccionales y Agencias a fin de verificar que las operaciones se ajusten a las disposiciones legales y estatutarias y a los procedimientos establecidos.
- b) Examinar y verificar las cuentas, registros, libros, balances y estados financieros de la Caja y comprobar su veracidad.
- c) Controlar la adecuada administración de los recursos financieros y el cumplimiento de las normas generales que rigen el funcionamiento de la Entidad.
- d) Controlar la adecuada utilización de los recursos humanos físicos de la caja.
- e) Llevar el control de los contratos de adquisiciones celebrados con entidades públicas y privadas.
- f) Analizar y evaluar los informes periódicos que deben rendir cada una de las dependencias que tengan a su cargo el manejo económico, financiero y administrativo de la Caja.
- g) Evaluar los resultados obtenidos de la aplicación de las normas administrativas y financieras vigentes o de aquellas que se modifiquen o implanten y proponer las medidas correctivas del caso.
- h) Velar por que el cobro de los aportes y cotizaciones, tanto patronales como laborales así como los aportes gubernamentales se hagan oportuna y eficazmente y dar cuenta de ello al Director General para que se tomen las medidas correctivas del caso.
- i) Velar por el pago oportuno de las prestaciones económicas a que tengan derecho sus afiliados y beneficiarios.
- j) Realizar las investigaciones de carácter administrativo y financiero a que haya lugar.
- k) Proponer las sanciones que se deban aplicar o los estímulos que sean del caso.
- l) Rendir los informes que le solicite la Dirección General y los que de acuerdo con los reglamentos, deben presentarse periódicamente.
- m) Preparar los planes y programas sobre control de administrativo y financiero para someterlos a la aprobación de la Dirección General.
- n) Coordinar con la Auditoria Fiscal de la Contraloría General de la República los controles que se deben efectuar en el área respectiva.
ñ) Revisar y evaluar los pliegos de condiciones que sirven de base para las licitaciones públicas y privadas y formular las observaciones del caso.
- o) Revisar y controlar la ejecución del presupuesto de ingresos y gastos de cada uno de los servicios que preste la Caja tanto a nivel general como Seccional.
- p) Las demás funciones que le sean asignadas.
Artículo 5° Funciones de la Oficina de Control Servicios de Salud.
- a) Diseñar metodologías de evaluación y control de los programas de salud a cargo de la Caja.
- b) Controlar el cumplimiento de los reglamentos de los distintos servicios médicos otorgados por la Entidad.
- c) Reportar a la Dirección General las fallas detectadas y sugerir las soluciones respectivas.
- d) Evaluar el rendimiento de los servicios de salud a nivel nacional, de acuerdo a los índices y reglamentos.
- e) Evaluar la calidad de los servicios prestados por los profesionales de salud, de acuerdo a las normas y procedimientos establecidos.
- f) Proponer los reglamentos necesarios para la mejor prestación de los servicios de los servicios ambulatorios y hospitalarios a nivel nacional.
- g) Proponer a la Dirección General las ampliaciones, modificaciones o creaciones de los servicios médicos necesarios para una mejor prestación de los servicios de salud en cualquier región o sección del país.
- h) Velar por el cumplimiento de las normas del sistema nacional de salud.
- i) Efectuar las investigaciones correspondientes a los profesionales de la salud que incurran en faltas contra la ética profesional en la relación medico-paciente contra la administración cuando hubiere motivo para ello.
- j) Colaborar con la Oficina de Planeación en la formulación y estudio de las políticas y programas de los servicios médicos del país.
- k) Las demás que le sean asignadas.
Artículo 6°. Funciones de la Oficina Jurídica.
- a) Estudiar los recursos de apelación que interpongan los interesados antela Dirección General para el reconocimiento de las prestaciones a cargo de la Entidad.
- b) Elaborar y revisar los proyectos de ley, decretos, resoluciones y contratos de la Caja.
- c) Emitir conceptos y absolver consultas de carácter jurídico con relación al régimen jurídico prestacional de los empleados públicos y afiliados de la institución.
- d) Velar por que se mantengan al día los títulos de propiedad de la Caja y conservarlas escrituras públicas, contratos y demás documentos de interés.
- e) Asesorar a los Directores de las Seccionales sobre los procedimientos en los actos administrativos.
- f) Mantener un estricto control sobre el curso y trámite de los juicios respectivos.
- g) Suministrar al Ministerio Público en los juicios en que sea parte la Caja, todas las informaciones y documentos necesarios para la defensa de los intereses del Estado y de los actos del Gobierno e informar al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a la Secretaria Jurídica de la Presidencia de la República del curso de dichos juicios.
- h) Codificar las normas legales de la Caja y mantener al día su codificación.
- i) Las demás funciones que le sean asignadas.
Articulo 7°. Funciones de la Oficina de Planeación.
- a) Dirigir, coordinar y controlar y avaluar las labores de las dependencias a su cargo.
- b) Programar las actividades a desarrollar y fijar pautas en lo referente a la programación presupuestal y financiera, los estudios actuariales, el desarrollo de la organización y la implantación de sistemas, métodos y procedimientos y la utilización óptima de las estadísticas.
- c) Asesorar a las unidades directivas en la formulación de políticas en la adopción de estrategias, objetivos y metas para el desarrollo de los programas trazados.
- d) Coordinar sus actividades, con cada una de las dependencias de la Caja y con la Oficina de Planeación y Economía Laboral del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
- e) Elaborar y proponer las normas para la confección y presentación de los presupuestos de las distintas dependencias que conformas la Caja.
- f) Proponer planes y programas en materia de salud y seguridad social que deban incorporarse al plan de desarrollo del país, de acuerdo con los organismos nacionales de planificación.
- g) Las demás funciones que le sean asignadas.
Artículo 8°. Funciones de la Sección de Programación y Organización.
- a) Programar y preparar el anteproyecto anual del presupuesto e la Caja en coordinación con la División Financiera.
- b) Estudiar y proponer mejoras en los sistemas administrativos con el fin de pre4star un mejor servicio.
- c) Formular y evaluar planes, programas y procedimientos que permitan optimizar el desarrollo administrativo y de prestación de servicios de la Caja.
- d) Asesorar a las diferentes unidades de la Caja en la implantación de sistemas, métodos y procedimientos adoptados.
- e) Revisar y evaluar sistemas, técnicas y procedimientos administrativos y elaborar los manuales correspondientes.
- f) Diseñar, unificar o modificar las formas de la papelería en general para todas y cada una de las dependencias de la Caja.
- g) Revisar y fusionar en un todo armónico los programas presentados por las Subdirecciones.
- h) Coordinar el desarrollo de los programas para el logro de los objetivos.
- i) Las demás funciones que le sean asignadas.
Artículo 9°. Funciones de la sección de Actuaría.
- a) Elaborar los estudios actuariales básicos para la determinación y/o modificación de los regimenes de contribuciones, teniendo en cuenta las características biométricas y economías de los afiliados.
- b) Elaborar periódicamente los balances actuariales con el fin reestablecer el estado financiero de cada una de las prestaciones que otorga o maneja la Caja.
- c) Establecer técnicamente las reservas financieras necesarias para el cumplimiento de las obligaciones que contraiga la Caja.
- d) Organizar un sistema de evaluación, análisis e interpretación estadística de los datos que se originen en la prestación de los servicios que otorgue la institución.
- e) Preparar con base en los estudios actuariales los programas de inversiones financieras para respaldar las obligaciones económicas contraídas con los afiliados y las inversiones en construcciones y dotaciones para garantizar la prestación oportuna y eficiente de los servicios.
- f) Las demás funciones que le sena asignadas.
Artículo 10. Funciones de la Sección de Estadística.
- a) Diseñar sistemas estadísticos, que permitan obtener la información necesaria para la toma de decisiones, en todos los órdenes.
- b) Recopilar, clasificar y analizar en coordinación con las diversas dependencias de la Entidad, todas las estadísticas de la misma, de acuerdo con el acuerdo con el reglamento y normas internacionales.
- c) preparar y revisar el material para las publicaciones estadísticas requeridas y, especiales, el informe estadístico de la Caja.
- d) Suministrar toda la información estadística que el sea solicitada por las demás dependencias de la Caja y otras entidades de acuerdo con los reglamentos sobre la materia.
- e) Las demás funciones que le sean asignadas.
Artículo 11. Funciones de la Subdirección Financiera y de Sistemas.
- a) Dirigir, coordinar y controlar las funciones financieras y de sistematización de la Entidad.
- b) Dirigir en coordinación de la Oficina, de Planeación la elaboración del proyecto de presupuesto anual de la Entidad.
- c) Dirigir la elaboración de los estados financieros de la Caja y demás estudios de esta naturaleza que le solicita la Junta Directiva a la Dirección General.
- d) Presentar a la Dirección General los proyectos de reglamentos y normas que rijan el funcionamiento de la Caja, en las áreas a su cargo.
- e) Velar por la óptima utilización de los recursos financieros.
- f) Participar para la Oficina de Planeación en la fijación de los objetivos a corto, mediano y largo plazo.
- g) Rendir a la Junta Directiva, a la Dirección General y a los organismos públicos, los informes que de acuerdo con las disposiciones legales deban ser presentados.
- h) Las demás funciones que le sean asignadas
Artículo 12. Funciones de la División de Sistemas.
- a) Ejecutar los programas que en la materia de sistematización de Datos y procesamiento de la información que sean asignadas.
- b) Fijar pautas para garantizar el cabal cumplimiento de las funciones de procesamiento de datos y sistematización.
- c) Programar la sistematización de los procesos administrativos y de los trabajos a realizar en el computador y en las unidades periféricas.
- d) Facilitar los trabajos realizados por la División a las diferentes dependencias de la Entidad que los requiera para su utilización dentro de los plazos previstos.
- e) Coordinar la asistencia técnica necesaria para la conservación y el correcto funcionamiento de los equipos disponibles.
- f) Estudiar la organización y mantenimiento de las bibliotecas de programa y archivo de información necesarios para los procesos.
- g) Las demás funciones que le sean asignadas.
Artículo 13. Funciones de la Sección de Análisis y Programación.
- a) Realizar estudios sobre simplificación de métodos de trabajo con miras a facilitar la aplicación de los procedimientos que se deben adoptar a los diferentes procesos mecanizados.
- b) Diseñar los formularios de entrada de datos y los cuadros de salida según necesidades de cada proceso.
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