Por el cual se dicta una providencia en el Ramos de obras públicas
El Vicepresidente de la República, encargado del Poder Ejecutivo,
CONSIDERANDO:
Que se han presentado dificultades legales para el reconocimiento de los sueldos asignados al Director de obras públicas, y que por la situación del Erario hay necesidad de reducir éstos a lo menos posible,
DECRETA:
Art. 1°. Desde el 1° del mes en curso queda suspendida la Inspección de obras públicas anexa al Ministerio de Hacienda.
Art. 2° Autorizase al expresado Ministerio para arreglar por medio de un contrato el valor de los servicios prestados por el Inspector, no excediendo del valor que como sueldo tenía fijado.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, á 11 de Enero 1904.
JOSÉ MANUEL MARROQUÍN
El Ministro de Hacienda,
RUPERTO FERREIRA
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