Por el cual se adiciona el señalado con el número 1339 de 1923, sobre organización de la Administración y fijación de la tarifa para el cobro de servicios en el muelle de Buenaventura

Rango Decreto
Publicación 1924-01-15
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
artículos Sin indexar
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales,

decreta:

Artículo único. Autorizase al Administrador de la Aduana de Buenaventura para, que pague el acarreo o conducción de la carga de importación o de exportación del muelle al barco que ha de recibirla o del barco que debe de recibirla o del barco que debe dejarla en el puerto a los almacenes de la Aduana, cuando por causas del calado los -barcos no puedan atracar al muelle.

Parágrafo. En el caso en que la conducción de la carga se haga del muelle al barco será bajo la responsabilidad del exportador o embarcador; y cuando se haga del buque al muelle la conducción será bajo la responsabilidad del buque que deje la carga. En cualquiera de los casos previstos, pagará la carga de importación o de exportación, un recargo de treinta centavos ($ 0-30) por tonelada sobre el vallar de los derechos que señala para, cada clase de cargamentos la tarifa vigente.

Quedan así aclarados ¡los incisos I y II, ordinal b), del artículo 13 del Decreto número 1339 de 1923.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 9 de enero de 1924.

PEDRO NEL OSPINA-El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Aristóbulo ARCHILA.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.

Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de SUIN-Juriscol, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público. SUIN-Juriscol
Textos normativos oficiales del Estado colombiano, reproducibles conforme al art. 41 de la Ley 23 de 1982, con la obligación de conformarse con la edición oficial. Los campos editoriales que acompañan a cada norma (vigencia, subtipo, sector, materia) y el historial de reformas provienen de la anotación de SUIN-Juriscol (Ministerio de Justicia y del Derecho); Legalize no reclama derechos sobre ellos, ni reproduce el formato, el diseño ni la marca del portal. La licencia MIT cubre el código del pipeline, nunca el contenido normativo.