Por el cual se distribuye una apropiación global destinada para conservación de carreteras nacionales en el presupuesto

Rango Decreto
Publicación 1956-02-04
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y de conformidad con el artículo 9° del Decreto legislativo número 2610 de 1955,

DECRETA:

Artículo primero. La partida global apropiada en el Capítulo 527, artículo 5293 del Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1956, y destinada "para gastos de conservación y adiciones y mejoras de la red de carreteras nacionales, según distribución que hará el Gobierno Nacional por decreto separado, en el año", queda distribuída así:

CAPITULO 527

Artículo 5293.

302. Ordinal 1. Para sueldos y gastos de la Zona de Carreteras Nacionales de Medellín $ 1.633.000.00
302. Ordinal 2. Para sueldos y gastos de la Zona de Carreteras Nacionales de Chiquinqirá 1.400.000.00
302. Ordinal 3. Para sueldos y gastos de la Zona de Carreteras Nacionales de Duitama 1.278.200.00
302. Ordinal 4. Para sueldos y gastos de la Zona de Carreteras Nacionales de Tunja 760.300.00
302. Ordinal 5. Para sueldos y gastos de la Zona de Carreteteras Nacionales de Manizales 731.500.00
302. Ordinal 6. Para sueldos y gastos de la Zona de Carreteras Nacionales de Popayán 1.269.600.00
302. Ordinal 7. Para sueldos y gastos de la Zona de Carreteras Nacionales de Montería 531.500.00
302. Ordinal 8. Para sueldos y gastos de la Zona de Carreteras Nacionales de Bogotá 1.223.600.00
302. Ordinal 9. Para sueldos y gastos de la Zona de Carreteras Nacionales de Quibdó 828.200.00
302. Ordinal 10. Para sueldos y gastos de la Zona de Carreteras Nacionales de Garzón 980.900.00
302. Ordinal 11. Para sueldos y gastos de la Zona de Carreteras Nacionales de Neiva 799.600.00
302. Ordinal 12. Para sueldos y gastos de la Zona de Carreteras Nacionales de Fundación 1.114.400.00
302. Ordinal 13. Para sueldos y gastos de la Zona de Carreteras Nacionales de Valledupar 1.200.400.00
302. Ordinal 14. Para sueldos y gastos de la Zona de Carreteras Nacionales de Pasto 1.165.100.00
302. Ordinal 15. Para sueldos y gastos de la Zona de Carreteras Nacionales de Túquerres 756.700.00
302. Ordinal 16. Para sueldos y gastos de la Zona de Carreteras Nacionales de Bucaramanga 1.481.000.00
302. Ordinal 17. Para sueldos y gastos de la Zona de Carreteras Nacionales de Ocaña 1.103.300.00
302. Ordinal 18. Para sueldos y gastos de la Zona de Carreteras Nacionales de Pamplona 1.290.700.00
302. Ordinal 19. Para sueldos y gastos de la Zona de Carreteras Nacionales de Ibagué 1.401.800.00
302. Ordinal 20. Para sueldos y gastos de la Zona de Carreteras Nacionales de Palmira 1.242.200.00
302. Ordinal 21. Para sueldos y gastos de la Zona de Carreteras Nacionales de Villavicencio 621.500.00
302. Ordinal 22. Para conservación de las carreteras del Plan Vial, según distribución que hará el Gobierno Nacional por decreto separado, en el año $ 1.000.000.00
302. Ordinal 23. Para sellos y reparaciones mayores a los pavimentos de las carreteras 3.089.500.00
302. Ordinal 24. Para atender a los gastos que demanden los trabajos de emergencia en las carreteras nacionales, en el año 1.800.000.00
003. Ordinal 25. Para gastos de transporte y aseguro del equipo, en el año 700.000.00
224. Ordinal 26. Para construcción de edificios para talleres, Almacenes y Oficinas destinados al servicio de las Zonas de Carreteras Nacionales, en el año 2.000.000.00
302. Ordinal 27. Para atender al contrato de conservación de la carretera Florencia-Montañita, en el año 150.000.00
302. Ordinal 28. Para gastos generales de carreteras, en el año 450.000.00
001. Ordinal 29. Para sueldos del personal de la Policía Víal, en el año 200.000.00
Total $ 32.203.000.00 32.203.000.00

Comuníquese, publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá a 18 de enero de 1956.

Gral. Jefe Supremo GUSTAVO ROJAS PINILLA,

Presidente de Colombia.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos Villaveces.

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