Por el cual se modifica el Decreto 3325 de 1985
El Presidente de la República de Colombia,
en ejercicio de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo 1°. El artículo 1° del Decreto 3325 de 1985, quedará así:
Artículo 1° Comisiónase al doctor Rafael de Zubiría Gómez, Ministro de Salud, para participar en la Reunión Interagencial, Plan Especial de Centroamérica, que se celebrará en la ciudad de Madrid, España. El término de la comisión será desde el 23 hasta el 27 de noviembre de1985, inclusive.
Artículo 2°. Este Decreto rige desde su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 22 de noviembre de 1985.
BELISARIO BETANCUR
El Ministro de Relaciones Exteriores,
Augusto Ramírez Ocampo.
El Jefe del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,
Víctor G. Ricardo.
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