por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente. (Ministerio de Obras Públicas)

Rango Decreto
Publicación 1948-10-25
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y

CONSIDERANDO

que el Consejo de Ministros, en su sesión del día 1° de octubre del año en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar unos traslados dentro de las apropiaciones del Ministerio de Obras Públicas, según, consta en el acta respectiva,

DECRETA:

Artículo 1° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente:
MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Capítulo 114.
Del artículo 2109. Para la carretera Cuestecita-Cárraipía $20.000.00
Capítulo 114.
Al artículo 2056. Para estudios y construcción de la carretera Santa Marta-Ríohacha, tomando como punto de partida la ciudad de Santa Marta $ $20.000.00
Artículo 2° El presente Decreto rige desde su fecha.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 1° de octubre de 1948

MARIANO OSPINA PEREZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, José María-BERNAL-El Ministro de Obras Públicas, Luis Ignacio ANDRADE

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