Por el cual se hace una traslación en el Presupuesto de Gastos de funcionamiento para la vigencia fiscal de 1962 (Ministerio de Relaciones Exteriores, por $ 4.600.00

Rango Decreto
Publicación 1963-02-01
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 71 de 1962 facultó expresamente al Gobierno Nacional para abrir créditos y hacer traslados presupuéstales por el resto de la vigencia, sin sujeción a las normas ordinarias sobre la materia, con el solo requisito del Certificado de Disponibilidad del Contralor General y la aprobación del Consejo de Ministros;

Que el Contralor General de la República expidió el Certificado de Reserva y Disponibilidad número 123 de 1962, para amparar el traslado de que se trata, y el Consejo de Ministros ha impartido la aprobación correspondiente, y

Que para la buena marcha de la Administración Pública se requiere incrementar algunas apropiaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores,

DECRETA:

Artículo 1º Hácese la siguiente traslación en el presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1962,

Presupuesto de funcionamiento.

Ministerio de Relaciones Exteriores.

Contracrédito.

A Dirección del Ministerio.

CAPITULO 0201

Gabinete del Ministro

Gastas generales

105 111. Artículo 02006. Compra de equipo $4.600.00
Suma el contracrédito $4.600.00
Crédito
Ministerio de Relaciones Exteriores.
A Dirección del Ministerio.
CAPITULO 0201
Gabinete del Ministro
Servicios personales
101-111. Artículo 02002. Gastos de Representación $4.600.00.
Suma el crédito $4.600.00
Artículo 2º El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E., a 21 de diciembre de 1962.

GUILLERMO LEON VALENCIA

Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos Sanz de Santamaría

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