por el cual se señala el personal de una Oficina

Rango Decreto
Publicación 1915-03-22
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la Republica de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

decreta:

La Oficina Postal y Telegráfica de La Dorada, que tiene hoy un Jefe y un Ayudante, con las asignaciones de $ 60 y $ 50, respectivamente, será servida, desde el 1.° de marzo próximo, por dos Telegrafistas Administradores de Correos, con sueldo mensual de $ 55 cada uno, con el objeto de que, por efectos del clima, puedan turnarse cada ocho días. Ambos empleados otorgarán fianza, de conformidad con el Decreto número 26 de 5 de enero último, y prestarán sus servicios en la Oficina Telegráfica de Honda, cuando por razón de los turnos no los presten en la de La Dorada.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 25 de febrero de 1915.

jose vicente concha

El Ministro de Gobierno,

miguel ABADIA MENDEZ

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