por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente (Ministerio de Obras Públicas)

Rango Decreto
Publicación 1946-12-05
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidenle de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y

considerando

que el Consejo de Ministros, en su sesión del dia 26 de noviembre del año en curso, autorizo al Ministerio de Hacienda y Crédito Publico para efectuar unos traslados dentro de las apropiaciones del Ministerio de Obras Publicas, según consta en el acta respectiva

decreta:

Articulo 1º Hacense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente:

MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS

Departamento del Huila

Capítulo 100.

Del articulo 1805. Para dar cumplimiento al contrato celebrado por la Nacion con el Departamento del Huila , sobre construccion de las carreteras río Neiva-Algeciras; Suaza-Acevedo y Teruel - Iquira , según contrato de fecha 2 de mavo de 1944 $39.000.00
Del articulo 1811 Para dar cumplimiento al contrato de julio de 1945, celebrado por la Nacion con el Departamento de Huíla sobre construccion de la carretera San Agustín-Paletará 49.000.00
Suman los creditos $88.000.00

Departamento del Huila.

Capitulo 98.

Al articulo 1716-M Para gastos de conservacion adiciones mejoras de las carreteras que hacen parte de la Zona de Neiva. $88.000.00
Suman los creditos $88.000.00
Articulo 2º El presente Decreto rige desde su fecha.

Comuníquese y publiquese.

Dado en Bogotá a 27 de noviembre de 1946.

MARIANO OSPINA PEREZ

El Ministro de Hacienda y Credito Público

Francisco de P. PEREZ

El Ministro de Obras Públicas

Dario BOTERO ISAZA

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