Por el cual se reorganizan las dependencias de la Presidencia de la República

Rango Decreto
Publicación 1954-01-30
Estado Derogada
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en uso de sus atribuciones legales y en, especial de las que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional, y

CONSIDERANDO

que por Decreto número 3518 de 9 de noviembre de 1949 se declaró turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio de la Nación,

DECRETA:

ARTÍCULO 1º. Derogado.
ARTICULO 2º. Derogado.
ARTÍCULO 3º. Derogado.
ARTÍCULO 4º. Derogado.
ARTÍCULO 5º. Derogado.
ARTÍCULO 6º. Derogado.
ARTÍCULO 8º. Derogado.
ARTÍCULO 9º. Derogado.
ARTÍCULO 10. Derogado.
ARTÍCULO 11. Derogado.
ARTÍCULO 12. Derogado.
ARTÍCULO 13. Derogado.
ARTÍCULO 14. Derogado.

Comuníquese, publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá a 31 de diciembre de 1953.

Teniente General GUSTAVO ROJAS PINILLA

El Ministro de Gobierno,

Lucio Pabón Núñez

E1 Ministro de Relaciones Exteriores,

Evaristo Sourdis.

El Ministro de Justicia,

Antonio Escobar Camargo.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos Villaveces.

El Ministro de Guerra,

Brigadier General Gustavo Berrío M.

El Ministro de Agricultura y Ganadería,

Brigadier General Arturo Chary.

El Ministro del Trabajo,

Aurelio Caicedo Ayerbe.

El Ministro de Salud Pública,

Bernardo Henao Mejía.

El Ministro de Fomento,

Alfredo Rivera Valderrama.

El Ministro de Minas y Petróleos,

Pedro Nel Rueda Uribe.

El Ministro de Educación Nacional,

Manuel Mosquera Garcés.

El Ministro de Comunicaciones,

Coronel Manuel Agudelo.

El Ministro de Obras Públicas,

Santiago Trujillo Gómez

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