Por el cual se delega la construcción de la Escuela Normal de Varones de Icononozo a la Gobernación del Departamento del Tolima
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
considerando
Que la Ley 37 de 1944 ordena al Gobiernoconstruír por conducto del Ministerio de Educacion Nacional el edificio destinado a la Escuela Normal de Varones en el Municipio de Icononzo, Tolima;
Que por Decreto numero 3273, de fecha 13 del mes en curso se trasladaron del Ministerio de Obras Publicas al Capitulo 81 articulo 1429-A del Presupuesto Nacional vigente -Sección correspondiente al Ministerio de Educacion Nacional - $30.000, a fin de dar cumplimiento a la mencionada Ley 37 de 1944, y
Que a fin de obtener un mayor control en el desarrollo de las obras de la construccion de la Normal de Icoconzo , es conveniente delegar dicha construccion a la Gobernacion del Departamento del Tolima,
decreta:
Articulo 1º Delégase a la Gobernacion del Departamento del Tolima , la construccion de la Escuela Normal de Varones de Icononzo construccion que se llevara a cabo de conformidad con los planos y especificaciones aprobados por el Gobierno Nacional para dicha obra, la cual estará además bajo el control y direccion de la Sección de A rquitectura del Ministerio de Educacion Nacional.
Articulo 2º El Ministerio de Educacion Nacional girara a la Gobernacion del Departamento del Tolima la cantidad de $ 30.000 apropiada en el Presupuesto Nacional vigente, Capitulo 81, articulo 1429-A, con el exclusivo fin de llevar a cabo la obra que se delega.
Articulo 3º El manejo de estos fondos por el Tesorero Departamental del Tolima, queda sujeto a lo establecido por la Contraloria General de la Republica , en Resoluciones 732 y 736 de 1945, lo mismo que a las demas dispocisiones vigentes ,sobre la materia.
Comuniquese y publiquese
Dado en Bogotá a 28 de noviembre de 1946.
MARIANO OSPINA PEREZ
El Ministro de Educacion Nacional,
Mario CARVAJAL
El Ministro de Obras Publicas
Dario BOTERO ASAZA
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